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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 29 de septiembre del 2023 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 26 de septiembre del 2023 con los datos de inscripción Diario: 187 Sección: 2 Pág: 7112 - 7112.


Anuncio de fusión y absorción

De conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que con fecha 17 de junio de 2023, los socios de PARQUE EÓLICO DE ADRAÑO, S.L. han aprobado por unanimidad en Junta General Extraordinaria y Universal, la fusión por absorción de las sociedades PARQUE EÓLICO DE VIRXE DO MONTE, S.L., PARQUE EÓLICO DE VICEDO, S.L., PARQUE EÓLICO DE AMEIXENDA-FILGUEIRA, S.L., PARQUE EÓLICO DE CURRÁS, S.L. y PARQUE EÓLICO DE A RUÑA, S.L., (Sociedades Absorbidas) por parte de PARQUE EÓLICO DE ADRAÑO, S.L. (Sociedad Absorbente), en base al proyecto común de fusión formulado por el órgano de administración de la Sociedad Absorbente el 15 de junio de 2023, con extinción mediante la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de todo su patrimonio íntegro a la sociedad PARQUE EÓLICO DE ADRAÑO, S.L., (Sociedad Absorbente) que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

La Fusión se acoge al procedimiento previsto en el artículo 49.1 LME, por lo que, de acuerdo con lo establecido en el mismo, no es necesario incluir en el proyecto de fusión determinadas menciones tales como los informes de administradores y de expertos independientes sobre el proyecto de fusión, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y la aprobación de la fusión por los socios de las Sociedades Absorbidas.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas en la fusión de obtener en el domicilio social o de solicitar el envío gratuito del texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión en los términos del artículo 44 LME.

Por último, se señala que, a efectos fiscales, a la Fusión proyectada, le será de aplicación el régimen fiscal especial establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2023.- Consejero Delegado Solidario, Acciona Desarrollo Corporativo energía, S.L., representada por D. Raúl Serrano Sánchez.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 26/09/2023 Diario: 187 Sección: 2 Pág: 7112 - 7112 

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