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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 11 de diciembre del 2003 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 01 de diciembre del 2003 con los datos de inscripción Diario: 236 Sección: R Pág: 34500 - 34500.


Anuncio de fusión y absorción

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas Generales de socios de Soluciones Tecnológicas para la Alimentación, Sociedad Limitada y Katalyx Food Service España, Sociedad Limitada, celebradas los días 30 de junio de 2003, acordaron la fusión de dichas compañías mediante la absorción de Katalyx Food Service España, Sociedad Limitada, por Sociedad Soluciones Tecnológicas para la Alimentación, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la absorbida y traspaso en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio a la absorbente. La fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 28 de julio de 2003 y en el Registro Mercantil de Madrid el 22 de octubre de 2003, y en base a los balances cerrados por las dos sociedades intervinientes a 31 de diciembre 2002 aprobados unánimemente en las referidas Juntas Generales. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de abril de 2003. La fusión se realiza sin ampliación de capital de la absorbente, al ser esta con anterioridad a la misma propietaria del 100 por 100 del Capital Social de la absorbida, al amparo del artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

No se otorgan ventajas a los Administradores de las sociedades que participan en la fusión, no habiendo intervenido en la misma expertos independientes.

No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá realizarse antes de que haya transcurrido un mes, contado desde la fecha del último anuncio de su aprobación en la Junta General. Durante ese plazo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 1 de diciembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Soluciones Tecnológicas para la Alimentación, Sociedad Limitada.-54.557. y 3.a 11-12-2003.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 01/12/2003 Diario: 236 Sección: R Pág: 34500 - 34500 

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