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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de septiembre del 2019 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de septiembre del 2019 con los datos de inscripción Diario: 183 Sección: 2 Pág: 8286 - 8286.


Anuncio de fusión y absorción

Las Juntas Generales Extraordinarias de socios de Marinaida, S.L.U. (N.I.F. B48671853), y de socios de Ampsa Inversiones y Gestión Inmobiliaria, S.L. (N.I.F. B95578993), con fecha 3 de septiembre de 2019, han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Ampsa Inversiones y Gestión Inmobiliaria, S.L., como sociedad absorbida, por Marinaida, S.L.U., como Sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La fusión ha sido acordada, según los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes el pasado 1 de agosto de 2019, y depositado en el Registro Mercantil. La relación de canje acordada, es una participación social de la sociedad absorbente por cada participación de la sociedad absorbida. Dado que la sociedad absorbente, es titular de 199.998 participaciones sociales de la sociedad absorbida y que el número de participaciones de la sociedad absorbida asciende a 200.000, la sociedad absorbente, únicamente amplía su capital social en 31,42 euros mediante la emisión de 2 participaciones sociales. De acuerdo con lo previsto en el art. 50 de la Ley 3/2009 no es necesario informe de expertos independientes, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en el art. 42 de la citada Ley.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como, el derecho que asiste (en los términos previstos en el art. 44 de la Ley 3/2009) a los acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión, a oponerse a esta durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Erandio, 4 de septiembre de 2019.- El Administrador único de Marinaida, S.L.U., y Administrador único de Ampsa Inversiones y Gestión Inmobiliaria, S.L., Pedro Ignacio San Martín Prieto.

Absorbente
  • MARINAIDA SL
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 04/09/2019 Diario: 183 Sección: 2 Pág: 8286 - 8286 

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