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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 16 de agosto del 2011 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa INVERSIONES TAMBRE SICAV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 08 de agosto del 2011 con los datos de inscripción Diario: 155 Sección: C Pág: 31046 - 31047.


Otros anuncios y avisos legales

INVERSIONES TAMBRE SICAV SA

Aumento y Reducción de Capital Social

Por la presente se hace constar que por acuerdo de la Junta General Ordinaria, celebrada en segunda convocatoria en Madrid, Calle de Castelló, 74, el día 21 de junio de 2011, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.- Con el fin de capitalizar la Sociedad, se aumentan los capitales inicial y estatutario máximos, con cargo a reservas, por emisión de nuevas acciones, tomando en consideración el balance de la Sociedad a fecha de 31 de diciembre de 2010, verificado por la entidad auditora de la Sociedad, Deloitte, Sociedad Limitada. Concretamente, se aumenta el capital social con cargo a reservas en la cantidad de 946.200 euros, mediante la emisión de 157.700 acciones de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 6 euros de valor nominal cada una de ellas. Como consecuencia de lo anterior, se modifican las cifras respectivas del capital inicial y del capital estatutario máximo establecidas hasta la fecha en 2.404.050 euros y 24.040.500 euros, respectivamente, dándose nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales, que queda conforme al siguiente tenor literal:

"Artículo 5. Capital social.

El capital social inicial queda fijado en tres millones trescientos cincuenta mil doscientos cincuenta euros (3.350.250 euros), representado por quinientas cincuenta y ocho mil trescientas setenta y cinco (558.375) acciones nominativas de seis euros (6 euros) nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

El capital estatutario máximo se establece en treinta y tres millones quinientos dos mil quinientos euros (33.502.500 euros), representado por cinco millones quinientas ochenta y tres mil setecientas cincuenta (5.583.750) acciones nominativas, de seis euros (6 euros) nominales cada una.

Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta General."

2.- Condicionado a la efectiva inscripción en los Registros Mercantil y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la ampliación de capital precedente, se disminuye, a los únicos efectos de dotar de mayor liquidez a la Sociedad, las cifras del capital social inicial y de capital estatutario máximo, establecidas en 3.350.250 euros y en 33.502.500 euros, respectivamente. Como consecuencia de dicha disminución de la cifra de capital inicial, las restantes 158.375 acciones que formaban parte del antiguo capital inicial pasan a formar parte del capital estatutario emitido y en circulación, y por tanto, susceptibles de ser recompradas por la Sociedad, en línea con el propósito de dotar de liquidez que se pretende con este acuerdo. Este acuerdo no supondrá ni tendrá por finalidad la devolución de aportaciones, ni la condonación de dividendos pasivos, ni la constitución de reservas ni el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la Sociedad. En consecuencia, el artículo 5 de los Estatutos Sociales quedará redactado conforme al siguiente tenor literal:

"Artículo 5. Capital social.

1.- El capital social inicial queda fijado en 2.400.000 euros, representado por 400.000 acciones nominativas de 6 euros nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2.- El capital estatutario máximo se establece en 24.000.000 euros, representado por 4.000.000 acciones nominativas, de 6 euros nominales cada una.

3.- Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta General."

Madrid, 8 de agosto de 2011.- Íñigo Damborenea. Secretario del Consejo.

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Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 08/08/2011 Diario: 155 Sección: C Pág: 31046 - 31047 

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