Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 29 de enero del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta.
Numero de asunto.- Concurso voluntario 844/2012 6.ª
Tipo de concurso.- Voluntario
Entidad instante del concurso y NIF.- Instituto de Salud y Dependencia, S.L., CIF B-64053036.
Fecha del auto de declaración.- 17 de diciembre de 2012.
Administradores concursales.- Price Waterhousecoopers Auditores S.L. que designa como persona natural a don Enrique Bujidos Casado, con NIF: 00000000X (economista), con domicilio profesional en Avda. Diagonal, 640, 08017 Barcelona, con correo electrónico teresa.ramos. [email protected]
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 2 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
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