Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 31 de marzo del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona
Hace saber:
Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2015-8008764 y n.º 118/2016H, se ha declarado el concurso voluntario en fecha 18/2/16 (rectificado posteriormente por auto de fecha 9/3/16) de la sociedad Global Gourmet Foods, S.L., con CIF n.º B-62808696 y domicilio en C/Nápoles 3626, 4-4 Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.
El administrador concursal es D./D.ª MM Abogados Partnership SLP (Mario Palomar Sarabia), con domicilio en C/Balmes 186, 2-1 Barcelona 08006 y correo electrónico [email protected]
Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/Balmes 186, 2- 1 Barcelona 08006, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un MES a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.
Barcelona, 14 de marzo de 2016.- El letrado de la Administración de Justicia.
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