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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 11 de febrero del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso y a la apertura de la fase de liquidación

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 879/2016 4.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Exartia Media, S.L., B-64888548.

Fecha del auto de declaración y apertura de la fase de liquidación.- 12 de enero de 2017.

Administradores concursales.- D. Javier Dos Santos, con NIF 00000000X, domiciliado en Av. Pau Casals, 22, 6.º (08021), Barcelona, como Abogado, con correo electrónico [email protected]

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de suspensión las facultades de la concursada

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 12 de enero de 2017.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

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  • EXARTIA MEDIA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 12/01/2017  

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