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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 16 de abril del 2014 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa EUROMADI IBERICA SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 08 de abril del 2014 con los datos de inscripción Diario: 074 Sección: C Pág: 3079 - 3080.


Anuncio de convocatoria de Junta

EUROMADI IBERICA SA

Por acuerdo del Consejo de Administración de la compañía, de fecha 26 de marzo de 2014, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar en el domicilio social de la Sociedad, sito en calle Laureà Miró, 145, de Esplugues del Llobregat (Barcelona), el próximo día 2 de junio de 2014, a las 10,30 horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para el supuesto de no reunirse el quórum exigido por la Ley y en los Estatutos sociales, a fin de tratar sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y, en su caso, aprobación, de las Cuentas Anuales, que comprenden el Balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo, la memoria e informe de gestión, así como, de la propuesta de distribución de resultados; todo ello correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013.

Segundo.- Examen y, en su caso, aprobación, de las Cuentas Anuales consolidadas correspondientes al mismo ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013.

Tercero.- Examen y, en su caso, aprobación, de la gestión del Consejo de Administración, así como de la del Consejero Delegado de la Compañía durante el referido ejercicio, objeto de aprobación.

Cuarto.- Autorizar la adquisición de acciones propias de la Sociedad, de conformidad a lo previsto en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital.

Quinto.- Nombramiento de los Auditores de la Sociedad.

Sexto.- Renumerar las acciones de la sociedad una vez ejecutado el acuerdo de reducción de capital e inscrito el mismo en el Registro Mercantil. Consiguiente modificación del artículo 6.º de los estatutos sociales.

Séptimo.- Cese, dimisión y nombramiento, renovación o reelección, y fijación del número de los miembros del Consejo de Administración.

Octavo.- Actualizar conforme a los anteriores acuerdos y fijar la retribución del Consejo de Administración, así como de su Consejero Delegado y del Director General – vocal del Órgano de Administración.

Noveno.- Modificación del artículo 32 de los Estatutos Sociales.

Décimo.- Autorizar y delegar al Consejo de Administración la aprobación de un Reglamento que disponga las normas de su funcionamiento y organización de acuerdo con lo dispuesto en la ley y en los estatutos.

Undécimo.- Ruegos y Preguntas.

Duodécimo.- Delegación de facultades para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar, formalizar y elevar a público los acuerdos que se adopten por la Junta General de Accionistas.

Decimotercero.- Lectura y, en su caso, aprobación, del Acta de la Junta.

I.- Derecho de asistencia. Se recuerda a los señores accionistas que, a los efectos de su legitimación para asistir a la Junta y surtiendo eficacia frente a la Sociedad, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 de los estatutos sociales, al amparo del artículo 179 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital y demás aplicables. II.- Derecho de información. Se hace constar, de conformidad con lo previsto en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, los derechos que corresponden a todos los accionistas de examinar en el domicilio social y de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General Ordinaria, así como el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas. Igualmente los señores accionistas podrán examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta a la Junta y el informe sobre la misma, así como sobre la renumeración de acciones propuesta y modificación derivada de la retribución del consejo de administración, e igualmente podrán pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos, conforme al artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital. Los señores accionistas, sin perjuicio de los derechos reconocidos por el artículo 197 Ley de Sociedades de Capital, demás preceptos aplicables y los Estatutos, podrán realizar con anterioridad a la Junta las cuestiones que estimen pertinentes, remitiéndolas por correo ordinario o cualquier otro medio que estimen conveniente, al domicilio social de la entidad. Las cuestiones formuladas serán contestadas bien por el mismo medio o bien en la medida de lo posible, durante la celebración de la Junta. III.- Complemento de la convocatoria. Los accionistas que presenten, al menos el 5 por 100 del capital social podrán solicitar un complemento a la presente convocatoria para inclusión de uno o más puntos en el Orden del día, conforme a lo dispuesto en el artículo 172 del mismo cuerpo legislativo.

Esplugues del Llobregat, 8 de abril de 2014.- Jaime Rodríguez Bertiz, Consejero Delegado.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 08/04/2014 Diario: 074 Sección: C Pág: 3079 - 3080 

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