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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 22 de octubre del 2009 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 20 de octubre del 2009 con los datos de inscripción Diario: 202 Sección: C Pág: 32716 - 32716.


Anuncio de escisión

Anuncio de segregación.

El día 14 de octubre de 2009, la Junta general de accionistas de "Centrales Renovables Eólicas, S.A", el socio único de la sociedad "Proyectos Integrados de Renovables 2, S.L.U." y el socio único de "Energías Sostenibles y Medio Ambiente 1, S.L.U." decidieron segregar dos unidades económicas formadas por todos los activos y pasivos relacionados con dos parques fotovoltaicos, uno sito en el paraje denominado Valle de los Lazos, parcela 121, polígono 25, del término municipal de Albacete (denominado Tinajeros, con una potencia nominal de 1.500 kW) y el otro sito en el paraje denominado Romica, parcelas 6 y 7, polígono 45 del término municipal de Albacete (denominado Romica, con una potencia nominal de 3.000 kW).

El parque fotovoltaico denominado Tinajeros se segrega a favor de la sociedad "Energías Sostenibles y Medio Ambiente 1, S.L.U." (sociedad íntegramente participada por la Sociedad segregada), la cual adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que forman parte de esta unidad segregada, recibiendo a cambio la sociedad segregada la totalidad de las participaciones sociales creadas a raíz de la ampliación de capital de "Energías Sostenibles y Medio Ambiente 1, S.L.U", sociedad beneficiaria.

El parque fotovoltaico denominado Romica se segrega a favor de la sociedad "Proyectos Integrados de Renovables 2, S.L.U." (sociedad íntegramente participada por la Sociedad segregada), la cual adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que forman parte de esta unidad segregada, recibiendo a cambio la sociedad segregada la totalidad de las participaciones sociales creadas a raíz de la ampliación de capital de "Proyectos Integrados de Renovables 2, S.L.U", sociedad beneficiaria.

Todo ello en los términos previstos en el "Proyecto Común de Segregación", suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes de fecha 8 de octubre de 2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los respectivos socios de las sociedades intervinientes en la segregación, así como a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de segregación, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión del artículo 73 de la citada Ley.

En Albacete, 20 de octubre de 2009.- Antonio Roldán Martínez y Miguel Ángel Ródenas Martínez, en su calidad de Consejeros Delegados Mancomunados de la sociedad "Centrales Renovables Eólicas, S.A", y, asimismo, Miguel Ángel Ródenas Martínez, en calidad de representante persona física de "Centrales Renovables Eólicas, S.A", Administrador único de "Proyectos Integrados de Renovables 2, S.L.U.", y de "Energías Sostenibles y Medio Ambiente 1, S.L.U.".

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 20/10/2009 Diario: 202 Sección: C Pág: 32716 - 32716 

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