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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 28 de junio del 2019 del anuncio de anuncio de reducción de capital en la empresa CEMENTOS OCCIDENTALES SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 20 de junio del 2019 con los datos de inscripción Diario: 122 Sección: 2 Pág: 6565 - 6565.


Anuncio de reducción de capital

CEMENTOS OCCIDENTALES SA

De conformidad con los artículos 319 y 334 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante la "Ley"), se hace público que la junta general de CEMENTOS OCCIDENTALES, S.A. (en adelante la "Sociedad"), celebrada con el carácter de universal el día 20 de junio de 2019, ha acordado reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de compensar la cuenta de pérdidas de ejercicios anteriores en la cantidad de 6.581.625,91 euros y con ello, restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la Sociedad, mediante la reducción del valor nominal de cada acción en la cantidad de 0,1563 euros, quedando en consecuencia el valor nominal de cada acción fijado en 0,4024 euros.

Como consecuencia de la reducción, el capital social queda fijado en 16.947.097,71 euros, dividido en 42.113.341 acciones de 0,4024 euros de valor nominal, numeradas de la 1 a la 42.113.341 (ambas inclusive).

Los acreedores cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del citado acuerdo de reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garantice tales créditos, tendrán derecho a oponerse a dicha reducción en los términos establecidos en el artículo 334 de la Ley. Si cualquier acreedor de la Sociedad ejercita su derecho de oposición a la citada reducción de capital dentro del plazo establecido en el artículo 336 de la Ley y la Sociedad no le garantiza su crédito en los términos previsto en el artículo 337 de la Ley, la reducción de capital quedará sin efecto.

Si ningún acreedor ejercita, dentro del plazo legalmente establecido, su derecho de oposición, o si ejercitándolo la Sociedad procede a garantizar su crédito en los términos del artículo 337 de la Ley, se procederá a ejecutar la reducción de capital y, por consiguiente, se procederá a compensar pérdidas y a la reducción del valor nominal de las acciones en los términos señalados anteriormente.

Madrid, 20 de junio de 2019.- El Secretario no consejero de Cementos Occidentales, S.A., Pedro Sangro Gómez-Acebo.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 20/06/2019 Diario: 122 Sección: 2 Pág: 6565 - 6565 

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