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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 18 de agosto del 2003 del anuncio de anuncio de aumento de capital en la empresa ANTONIO MEDINA E HIJOS SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 05 de agosto del 2003 con los datos de inscripción Diario: 155 Sección: R Pág: 20819 - 20820.


Anuncio de aumento de capital

ANTONIO MEDINA E HIJOS SA

La Junta General Extraordinaria de la Sociedad, celebrada el día diez de marzo de dos mil tres adoptó por mayoría y con quórum suficiente el acuerdo de aumentar el capital social en seiscientos sesenta y una mil cien euros (661.100 Euros). El aumento de capital se realizará mediante la emisión de once mil nuevas acciones ordinarias, numeradas del tres mil ciento dos al catorce mil ciento una, ambos inclusive, pertenecientes a una única clase y serie y representadas por títulos nominativos de 60.10 euros de valor nominal cada una de ellas, emitidas a la par.

Asimismo, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad celebrada el pasado día veintisiete de junio de dos mil tres adoptó por mayoría y con quórum suficiente el acuerdo relativo a las condiciones en que ha de ejecutarse la ampliación de capital ya acordada, siendo estas las siguientes: Los actuales accionistas podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el Boletin Oficial del Registro Mercantil, de acuerdo con la siguiente relación de cambio: sesenta euros y diez céntimos de euro de capital antiguo, o lo que es lo mismo, una acción nueva por cada acción antigua de que sean titulares.

Transcurrido ese plazo, las acciones que no hayan sido suscritas podrán serlo por los restantes socios.

En tal caso, los socios deberán comunicar a la sociedad su deseo de suscribir las acciones sobrantes en el plazo que el Consejo de Administración comunicará personalmente a cada accionista. Al finalizar el plazo, los administradores asignarán las acciones sobrantes de acuerdo con las solicitudes recibidas.

En caso de ser superior el número de solicitudes al de las acciones sobrantes éstas se prorratearán entre los demandantes atendiendo al número de acciones que posean incluidas las previamente suscritas en la anpliación. Los adminsitradores comunicarán a cada socio las acciones que le han sido asignadas, debiendo los socios realizar los desembolsos que correspondan (dinerarias o no dinerarios) en la forma y en el plazo que sea acordada por el Consejo de Administración y que también será comunicada personalmente a los accionistas que hayan formulado la solicitud reseñada.

Una vez transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior (aún sin determinar), sin que la totalidad de las acciones hayan sido suscritas, las acciones sobrantes, serán ofrecidas mediante notificación por escrito a la Sociedad Bodegas Marqués de Badajoz, Sociedad Limitada. Esta Sociedad deberá proceder a la suscripción, en caso de estar interesada, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación con indicación del número de acciones que desea sucribir.

Los desembolsos podrán realizarse mediante aportaciones dinerarias y no dinerarias.

Las aportaciones dinerarias podrán ser desembolsadas en el domicilio social en el mismo momento en el que se efectúe la suscripción de las acciones, o bien en la Entidad: Caja de Badajoz, Oficina principal de Zafra (Badajoz) en el número de cuenta corriente 20100018240042050004. Dicho desembolso será integro y deberá efectuarse en metálico o mediante cheque conformado nominativo a favor de la Sociedad.

Las aportaciones no dinerarias deberán ser de la misma naturaleza que la determinada en el informe realizado por el órgano de Administración relativo a las aportaciones no dinerarias proyectadas en el aumento de capital que nuevamente se pone a disposición de todos los accionistas para que puedan examinarlo en el domicilio social de la Sociedad, así como tendrán derecho a la entrega o envío inmediato y gratuito del mismo. Así como podrán solicitar por escrito o verbalmente, los informes o aclaraciones precisos acerca del mismo.

En caso de que no sea suscrita la totalidad de las nuevas acciones emitidas, quedará sin efecto el acuerdo de ampliación. En tal caso, los adminsitradores publicarán un anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil dando a conocer la anulación de la ampliación, y recogiendo las condiciones (lugar, tiempo y modo) de reembolso a los suscriptores de las cantidades satisfechas.

Puebla de Sancho Pérez, 5 de agosto de 2003.-Don Francisco Medina Pachón, Secretario del Consejo de Administración.-39.624.

  • ANTONIO MEDINA E HIJOS SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 05/08/2003 Diario: 155 Sección: R Pág: 20819 - 20820 

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