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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 12 de marzo del 2013 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa ALUMINIOS TORRALBA SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 06 de marzo del 2013 con los datos de inscripción Diario: 049 Sección: C Pág: 1629 - 1630.


Anuncio de convocatoria de Junta

ALUMINIOS TORRALBA SA

El órgano de administración de "Aluminios Torralba, S.A.", de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, ha acordado convocar a los señores accionistas de esta sociedad a Junta general extraordinaria de accionistas que se celebrará, en primera convocatoria, en su domicilio social, calle Jara, número 31, 3.º, de Cartagena, el día 15 de abril de 2013, a las 11,00 horas de su mañana, y en segunda convocatoria, en el mismo lugar y hora el día siguiente, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asientos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Autorizar la modificación de los artículos 23, 29 y 33 Estatutos sociales; caso de aprobarse por la Junta la señalada modificación los artículos modificados pasarían a tener la redacción siguiente: El artículo 23 quedará redactado de la forma siguiente: "Artículo 23.- La representación de la sociedad y la dirección y administración de la misma con las facultades que se contienen en estos estatutos se podrá confiar a un administrador único, a varios administradores que actúen de forma solidaria o de forma conjunta o a un consejo de administración." El artículo 29 quedará redactado de la forma siguiente: "Artículo 29.- Facultad de los Administradores: Al órgano de Administración le corresponden todas las facultades de representación, dirección y administración de la Sociedad, judicial y extajudicialmente (incluso la absolución de posiciones en juicio, y el otorgamiento de poder para pleitos con todas las facultades, incluso recursos de casación y revisión) y de administración y disposición a título oneroso de su patrimonio, salvo únicamente las asignadas legal o estatutariamente de modo expreso a la Junta General de Accionistas, respecto a los cuales, representará a la Sociedad para la ejecución de los acuerdos de la Junta por medio de su Presidente o Vicepresidente, salvo expresa determinación de los mismos en otro Consejero o el Secretario o Vicesecretario, aunque no sean consejeros. La representación se extenderá a todos los actos comprendidos en el objeto social, incluidos aquellos en los que, según la legislación mercantil o la práctica comercial o bancaria, se exija autorización o mandato expreso, así como la prestación de avales a favor de sociedades filiales. En todo caso se considerarán incluidos en el objeto social aquellos actos de carácter complementario, accesorio o preparatorio de aquel, tales como actos de apoderamiento, financieros de cualquier clase, comisión y otros. En aquellos casos en que no haya una clara conexión del acto o contrato con el objeto social, el administrador o administradores expresarán por escrito la relación que el negocio guarda con el objeto social. La Sociedad quedará obligada frente a terceros, en los términos establecidos en la Ley, por los actos y contratos que, en su nombre, realice el Administrador o Administradores, aún cuando los mismos estén al margen del objeto social; ello, sin perjuicio de la responsabilidad interna en que puedan incurrir los mismos frente a la Sociedad, por los perjuicios que le cause." El artículo 33 quedará redactado de la forma siguiente: "Artículo 33.- Retribución: El cargo de Administrador será gratuito.".

Segundo.- Elección del modo de organizar la administración social.

Tercero.- Cese del actual Consejo de Administración y nombramiento de Administrador único por plazo de cinco años.

Cuarto.- Facultar tan ampliamente como en derecho sea menester al Administrador único de la sociedad, para que en nombre y representación de la sociedad lleve a cabo todos los trámites y actuaciones necesarios; otorgue cuantos documentos públicos y privados, incluso de subsanación y rectificación en sus términos más amplios, sean necesarios para elevar a público los acuerdos adoptados; y realice cuantas gestiones fueran necesarias para la ejecución y buen fin de los mismos y su inscripción, total o parcial en el Registro Mercantil.

Quinto.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta.

A partir de esta convocatoria de Junta general extraordinaria, de acuerdo con lo establecido en los artículos 197 y 287 de la LSC, todos los accionistas tienen derecho a examinar, en el domicilio social de la sociedad, el texto íntegro de los documentos a que se refieren los artículos citados, incluido el Informe sobre la modificación propuesta, y relacionados con los puntos del orden del día, así como pedir la entrega inmediata o el envió gratuito de los mismos.

Cartagena, 6 de marzo de 2013.- La Presidenta del Consejo de Administración, Rosa Salcedo Hernández.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 06/03/2013 Diario: 049 Sección: C Pág: 1629 - 1630 

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