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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de enero del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo PROGENYSYS.


Suspenso de fondo de marca

PROGENYSYS

Expediente:  M-3618064

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  3580786

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  3618064

Fecha de resolución:  24/01/2017

Clases:  05

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, en la clase 05 donde pone: "Pesarios para crear un ambiente favorable a la implantación embrionaria en el útero de una hembra mamífera madura", deberá solicitarlo en la clase 10 de la siguiente forma: "Pesarios". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el signo solicitado "PROGENYSYS", es descriptivo de las actividades para las que se solicita, sin nigún otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial

Motivos:  03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto el distintivo solicitado, exclusivamente, de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las características de los productos que pretende distinguir, sin aportar nigún otro signo o gráfico con suficiente entidad que lo pueda diferenciar en el mercado con los de otro de origen empresarial

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 30/01/2017 Tomo: 1 Anuncio:3580786 

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