Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de enero del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo COMPRO CANARIO.
Expediente: M-3621255
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 3560214
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3621255
Fecha de resolución: 11/01/2017
Clases: 01, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 16, 17, 18, 21, 24, 25, 29, 30, 31, 32, 34
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto, en la clase 8 "cuchillas" debe concretar el tipo de cuchillas por imprecisas, ajustandolos a la clase 08 y "vajilla desechable (cubiertos)" debe solicitar "cuberteria (cuchillería) desechablehecha de materias plasticas. En cuanto a la clase 16 debe suprimir "tejido domestico" por imprecisoy "bolsas de la compra" debe solicitar "bolsas de papel para la compra". En relación a la clase 18 "fundas" debe solicitar "fundas de cuero o de imitación a cuero". En la clase 29 "preparados dietéticos y alimentos con fines no médicos incluidos en la clase 29" son imprecisos debiendo concretar a que alimentos quiere aplicar los calificativos dietético y no medicinal ajustandolos a la citada clase. En cuanto a clase 30 "Preparados dietéticos y alimentos con fines no médicos incluidos en la clase 30" debe concretar a que alimentos quiere aplicar los calificativos dietético y no medicinal" en dicha clase. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza, la calidad o procedencia geográfica de los productos de la clase 29, 30 y 31, toda vez que la marcas solicitada contiene el término "CANARIO" que se corresponde con parte del nombre de la Denominaciones de Origen Protegida"Papas Antiguas de Canarias"y "Cochinilla de Canarias" y de las Indicaciones Geográficas Protegidas "Platano de Canarias " y "Gofio Canario". Para no estar incursa en esta prohibición debe excluir estos productos de los solicitados o bien estar acogidas a las citadas Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas
Motivos: 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 5.1. b),c) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre