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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 17 de marzo del 2018 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ZARAGOZA

Edicto.

Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 44/2018-F, y número de Identificación General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2018 0000086, en el cual se ha dictado en fecha de 27 de febrero de 2018, Auto de declaración de concurso voluntario y simultánea apertura de la fase de liquidación de la Compañía Mercantil "Gas Promasa, Sociedad Limitada", con CIF B50630029, y domicilio social en Zaragoza, calle Venecia, número 48, local (entrada por Pignatelli, 53), CP 50007.

2.º Se ha acordado también en dicho auto abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la citada sociedad mercantil "Gas Promasa, Sociedad Limitada", y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, cesando en su función su Administrador único, Don Mario Sanz Benito, con D.N.I. nº 00000000X, que será sustituido por la Administración Concursal designada.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Lexaudit Concursal, S.L.P.", con CIF B65697740, representada por el abogado Don Joan Vilella Xampeny, con DNI núm. 00000000X, con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos en: Paseo Constitución, n.º 13, 8.º C, 50001 Zaragoza, teléfonos: 902103449/933018497; fax: 933015673; y correo electrónico: [email protected]

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 7 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 07/03/2018  

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