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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 27 de marzo del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA

Edicto.

Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000239/2014, habiéndose dictado en fecha 03/03/17 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA.

Se decreta la conclusión del concurso ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 239/2014, promovido por el Procurador Sra. Arroyo Cabria, Rosario, en nombre y representación de las mercantiles SANPERE LOGÍSTICA, S.L., y TERVEX TEXTIL, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos de las concursadas ni terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de las deudoras, salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Armando Belmar Ibáñez, con DNI 00000000X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de las mercantiles SANPERE LOGÍSTICA, S.L., y TERVEX TEXTIL, S.L., con CIF B17782327 y B97485585, respectivamente, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que correspondan, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por el administrador concursal en su informe de fecha 26 de enero de 2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009), y así mismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al /la Procurador/a de la concursada Arroyo Cabria, Rosario a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilma. Sra. doña Montserrat Molina Pla, Magistrada-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 3 de marzo de 2017.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 03/03/2017  

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