Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 25 de junio del 2018 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Don Juan Enrique Tevar Fernández, Letrado de la Administración de Justica del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº657/18 y NIG n.º 07040 47 1 2018 0001464 se ha dictado en fecha 11 de junio de 2018 de declaración de concurso voluntario ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor Promociones Grupo Jimenez de Alaro S.L. con CIF B-57508921, cuyo domicilio en la Calle Metge Gomez Ulla, esquina Can Manyoles s/n Alaro.
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3º.- Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4º.- Que el Abogado Pedro Martin Molina designada como administrador concursal aceptado el cargo en fecha 19 de junio de 2018.
5.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Balanguera, 6 local bjs 07011 Palma de Mallorca dirección de correo electrónico [email protected] en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.
6.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 19 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
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