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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 13 de julio del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

Don Juan Enrique Tevar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 554/2017 y NIG n.º 07040 47 1 2017 0001102 se ha dictado en fecha 9 de junio de 2017 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Jardines de la Fábrica, S.L., con CIF B-57219339, cuyo centro de intereses principales lo tiene en carrer de la Mar, n.º 14, 07012 Palma de Mallorca.

2.º Se ordena la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, las cuales serán asumidas por la administración concursal.

3.º Que el Auditor nombrado administrador concursal, Mariano Escoriza Gil en fecha 5 de julio de 2017, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Font I Monteros, 27, 3-A, Palma de Mallorca 07003, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 5 de julio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 05/07/2017  

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