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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 04 de noviembre del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID

Edicto.

Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal n.º 992/2010, referente al deudor CREA, CONSTRUCCIÓN Y ARQUITECTURA S.L., con CIF B-84019702, con fecha 21/10/2015, se ha dictado auto acordando la conclusión del presente procedimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.-Estimando la petición deducida por la Administración concursal debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de CREA, CONSTRUCCIÓN Y ARQUITECTURA S.L. con C.I.F.: B-84019702, consignado bajo el n.º 992/2010 que fue declarado por Auto de fecha 19/01/2011 por fin de la fase de liquidación.

2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

4.- Se acuerda la extinción de CREA, CONSTRUCCIÓN Y ARQUITECTURA S.L. y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por la letrada de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

5.- El cese en su cargo de la Administración concursada en su día nombrada.

Dese cumplimiento a lo previsto en el Art. 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Dese cumplimiento al art. 177.3 LC; la resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Notifíquese este auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1.L.C.

Madrid, 22 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Empresa
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 22/10/2015  

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