Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 27 de septiembre del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 642/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Habitatge Social, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso Voluntario 642/2016 Sección C2
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8005385
Entidad concursada: Habitatge Social, S.A., con CIF nº A59420877 y domicilio en Rda. Sant Pere, 19-21 3ª planta, 08010 Barcelona.
Tipo de concurso: voluntario ordinario
Fecha del auto de declaración: 2.09.2016
Administrador/es concursal/es: Julio Ichaso Urrea, con domicilio profesional en Av. Diagonal, 640, 3r, 08017 Barcelona, núm. de teléfono 932532759, núm. de fax 932537100 y dirección electrónica [email protected], designado por la sociedad nombrada administradora concursal Landwell Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Services, S.L.
Facultades del concursado: intervenida
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto de remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de dos meses a contar desde la última de la publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 9 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia Sust.
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