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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 08 de abril del 2014 del anuncio de anuncio de aumento de capital en la empresa WAIRBUT SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 03 de abril del 2014 con los datos de inscripción Diario: 068 Sección: C Pág: 2593 - 2594.


Anuncio de aumento de capital

WAIRBUT SA

Anuncio del derecho de suscripción preferente

De conformidad con lo establecido en el artículo 304 y ss. del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital se hace público lo siguiente:

A) La Junta General de Accionistas de WAIRBUT, S.A., acordó el aumento del capital social de la entidad en la cifra de doscientos mil euros, mediante la emisión de 200.000 nuevas acciones de un euro de valor nominal cada una de ellas, números del 1al 96.180 y del 180.690 al 284.509 inclusive, las cuales otorgan los mismos derechos y obligaciones que las actuales en circulación, mediante el desembolso dinerario del cien por ciento del importe de la suscripción, facultando al Consejo de Administración para señalar la fecha en que el acuerdo debe llevarse a efecto en la cifra acordada y fijar las condiciones del derecho de ejecución del derecho de adquisición preferente.

B) Que el Consejo de Administración de la Sociedad, ha acordado lo siguiente:

Se concede a los accionistas el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción en el BORME, para que puedan ejercitar, proporcionalmente, su derecho de suscripción preferente.

Durante el citado plazo de un mes los accionistas interesados deberán comunicar, en el domicilio social y mediante escrito dirigido al Consejo de Administración en el que determinaran un domicilio a efectos de notificaciones, el número de acciones que desean adquirir en proporción al valor nominal de las que posean en la Sociedad.

Asimismo, podrán solicitar la suscripción de nuevas Acciones Adicionales de la Sociedad para el supuesto de que al término del período de suscripción preferente, quedaran acciones del aumento de capital no suscritas. Para solicitar las Acciones Adicionales, los accionistas deberán haber ejercitado la totalidad de sus derechos de suscripción preferente de la Sociedad.

Las órdenes que se comuniquen referidas al ejercicio del derecho de suscripción preferente y a la solicitud de Acciones Adicionales se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e incondicional.

Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles conforme a lo dispuesto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

C) En caso de que al término del Período de Suscripción Preferente, quedaran Acciones sobrantes se abrirá el período de asignación de Acciones Adicionales, para distribuir las Acciones Sobrantes entre los accionistas que hubieran solicitado la suscripción de Acciones Adicionales. Lo anterior en el plazo de siete días desde la fecha de finalización del período de Suscripción Preferente.

El Consejo de Administración determinará el número de Acciones sobrantes y las asignara a aquellos accionistas que las hubieran solicitado conforme a su solicitud, siempre y cuando existan Acciones Adicionales sobrantes para ello.

En el supuesto de que el número de Acciones Adicionales solicitadas fuera superior al de la Acciones sobrantes el Consejo de Administración practicará un prorrateo conforme a lo siguiente: Las Acciones sobrantes se asignaran a los accionistas que hayan solicitado la suscripción de Acciones Adicionales en proporción a su participación en el capital social de la entidad incluida las acciones suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente. En ningún caso se asignaran a los accionistas más acciones de las que hubieran solicitado.

En el supuesto de que finalizado el período de Asignación de Acciones Adicionales, las acciones suscritas no fueran suficientes para cubrir la totalidad de las nuevas acciones, el Consejo de Administración, en un nuevo plazo de quince días, adjudicará libremente las Acciones sobrantes a uno o varios accionistas o a terceros interesados. Asimismo, está prevista la posibilidad de aumentar el capital social en la cifra definitiva de las suscripciones efectuadas, aunque la misma difiera de la cifra inicial acordada.

D) Todas las nuevas acciones suscritas deberán ser íntegramente desembolsadas mediante ingreso de dinero efectivo en la cuenta bancaria de la Sociedad: ES94 0128 0037 5301 0001 0115, en el período que comunique a los suscriptores el Consejo de Administración y, en todo caso, antes del antes del 31-12-2014.

Madrid, 3 de abril de 2014.- Presidente, Gerardo Cañibano Casarrubios.

  • WAIRBUT SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 03/04/2014 Diario: 068 Sección: C Pág: 2593 - 2594 

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