CNAE 0119 - Otros cultivos no perennes
B92575349
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Información sobre balances y cuentas de resultados de VITERAGRO SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por VITERAGRO SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión La Junta General Universal de Socios de la mercantil Vitersol, S.L., celebrada en el domicilio social, el día 25 de junio de 2004, con asistencia de todos los socios de la Compañía, acordó la operación de escisión parcial consistente en la segregación de dos ramas de actividad, una de ellas representada por los activos afectos al negocio de explotación de fincas rústicas e invernaderos con fines agrícolas para su aportación en bloque a la sociedad beneficiaria que se constituirá a tal fin "Viteragro, S.L.", y la otra por los activos afectos al negocio de promoción inmobiliaria, construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones y obras para su aportación en bloque a la sociedad que también se constituirá denominada "Viterinmo, S.L.". Dichas sociedades beneficiarias de la escisión se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, en los términos que resultan del Proyecto de Escisión parcial aprobado por los Administradores de Vitersol, S.L., depositado en el Registro Mercantil de Málaga con fecha 18 de junio de 2004. La Sociedad escindida BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL 19606 Lunes 12 julio 2004 BORME núm. 133 Vitersol, S.L., no reducirá su capital social, dado que la escisión parcial se realizará íntegramente mediante la disminución de parte de las reservas voluntarias de la sociedad.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de Vitersol, S.L., a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de escisión. Igualmente, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta General, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 25 de junio de 2004.-Los Administradores mancomunados, Eva María García Capilla y Juan Pérez Garrido.-31.767.
y 3.a 12-7-2004.
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Anuncio de escisión La Junta General Universal de Socios de la mercantil Vitersol, S.L., celebrada en el domicilio social, el día 25 de junio de 2004, con asistencia de todos los socios de la Compañía, acordó la operación de escisión parcial consistente en la segregación de dos ramas de actividad, una de ellas representada por los activos afectos al negocio de explotación de fincas rústicas e invernaderos con fines agrícolas para su aportación en bloque a la sociedad beneficiaria que se constituirá a tal fin "Viteragro, S.L.", y la otra por los activos afectos al negocio de promoción inmobiliaria, construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones y obras para su aportación en bloque a la sociedad que también se constituirá denominada "Viterinmo, S.L.". Dichas sociedades beneficiarias de la escisión se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, en los términos que resultan del Proyecto de Escisión parcial aprobado por los Administradores de Vitersol, S.L., depositado en el Registro Mercantil de Málaga con fecha 18 de junio de 2004. La Sociedad escindida Vitersol, S.L., no reducirá su capital social, dado que la escisión parcial se realizará íntegramente mediante la disminución de parte de las reservas voluntarias de la sociedad.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de Vitersol, S.L., a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de escisión. Igualmente, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta General, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 25 de junio de 2004.-Los Administradores mancomunados, Eva María García Capilla y Juan Pérez Garrido.-31.767.
2.a 9-7-2004.
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Anuncio de escisión La Junta General Universal de Socios de la mercantil Vitersol, S.L., celebrada en el domicilio social, el día 25 de junio de 2004, con asistencia de todos los socios de la Compañía, acordó la operación de escisión parcial consistente en la segregación de dos ramas de actividad, una de ellas representada por los activos afectos al negocio de explotación de fincas rústicas e invernaderos con fines agrícolas para su aportación en bloque a la sociedad beneficiaria que se constituirá a tal fin "Viteragro, S.L.", y la otra por los activos afectos al negocio de promoción inmobiliaria, construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones y obras para su aportación en bloque a la sociedad que también se constituirá denominada "Viterinmo, S.L.". Dichas sociedades beneficiarias de la escisión se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, en los términos que resultan del Proyecto de Escisión parcial aprobado por los Administradores de Vitersol, S.L., depositado en el Registro Mercantil de Málaga con fecha 18 de junio de 2004. La Sociedad escindida Vitersol, S.L., no reducirá su capital social, dado que la escisión parcial se realizará íntegramente mediante la disminución de parte de las reservas voluntarias de la sociedad.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de Vitersol, S.L., a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de escisión. Igualmente, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta General, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 25 de junio de 2004.-Los Administradores mancomunados, Eva María García Capilla y Juan Pérez Garrido.-31.767.
1.a 8-7-2004.
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