Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 09 de junio del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID

Edicto

Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaría judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 665/2012 referente al deudor VISIÓN PROJECT & EVENTS, S.L., con CIF: B-84057405, se ha dictado con fecha 25 de mayo de 2015 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva

1.-Declarar la conclusión del presente concurso del deudor VISIÓN PROJECT & EVENTS S.L., por fin de la fase de liquidación.

2.-El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.-Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

4.-Se acuerda la extinción de VISIÓN PROJECT & EVENTS, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

5.-El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada.

Dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Dese cumplimiento al artículo 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 177.1 LC.

Madrid, 25 de mayo de 2015.- Secretario judicial.

Empresa
  • VISION PROJECTS & EVENTS SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 25/05/2015  

IR A VISION PROJECTS & EVENTS SL
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es