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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 19 de abril del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALLADOLID

Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), y la reforma prevista en artículo 6 R.D. Ley 3/2009 sobre ese artículo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el BOE.

Anuncia

1.º-Que en los autos seguidos e este Juzgado con el nº 94/2011 se ha dictado a instancias de Vallizan Cerámicas, S.L., en fecha 24/03/2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Vallizan Cerámicas, S.L., con CIF N.º B-47571864, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Viticultura, n.º 2 (Los talleres de Zaratán) Zaratán (Valladolid).

2.º-Se ha acordado la intervención, mediante administración concursal, de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en le crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Si además se pretendiera la personación se deberá hacer en escrito a parte, conforme al punto cuarto.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 28 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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  • VALLIZAN CERAMICAS SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 28/03/2011  

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