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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 01 de marzo del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BILBAO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2, de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 1092/2012 en el que figura como concursado Uting Servicios de Delineación, S.L., con CIF B-95409660 se ha dictado el 6/02/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:

Parte dispositiva:

Primero. Se declara concluso el procedimiento concursal número 1092/2012 referente al deudor Uting Servicios de Delineación, S.L., por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

Tercero. Se declara que el deudor Uting Servicios de Delineación, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

Cuarto. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Quinto. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

Sexto. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

Séptimo. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

Octavo. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del Juez Firma del Secretario.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao, 6 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

Empresa
  • UTING SERVICIOS DE DELINEACION SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 06/02/2014  

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