CNAE 5210 - Depósito y almacenamiento
B83047068
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Información sobre balances y cuentas de resultados de URBANIZACIONES L PIERRI SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por URBANIZACIONES L PIERRI SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión total De conformidad con el artículo 242 Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta universal de socios de la sociedad "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal", celebrada el 20 de abril de 2001, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, que se disolverá y extinguirá transmitiendo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal" y "Urbanizaciones L Pierri, Sociedad Limitada, unipersonal". La escisión se acordó conforme al proyecto de escisión de fecha 10 de abril de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con la aprobación del Balance de escisión cerrado al 28 de febrero de 2001, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad extinguida por cuenta de las sociedades beneficiarias, el día 1 de marzo de 2001. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 20 de abril de 2001.-El Administrador único.-18.943. y 3.a 7-5-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión total De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta universal de socios de la sociedad "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal", celebrada el 20 de abril de 2001, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, que se disolverá y extinguirá transmitiendo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal" y "Urbanizaciones L Pierri, Sociedad Limitada, unipersonal". La escisión se acordó conforme al proyecto de escisión de fecha 10 de abril de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con la aprobación del Balance de escisión cerrado al 28 de febrero de 2001, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad extinguida por cuenta de las sociedades beneficiarias, el día 1 de marzo de 2001. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 20 de abril de 2001.-El Administrador único.-18.943. 2.a 4-5-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión total De conformidad con el artículo 242 Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta universal de socios de la sociedad "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal", celebrada el 20 de abril de 2001, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, que se disolverá y extinguirá transmitiendo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, "Edificaciones Puerto Almansa, Sociedad Limitada, unipersonal" y "Urbanizaciones L Pierri, Sociedad Limitada, unipersonal". La escisión se acordó conforme al proyecto de escisión de fecha 10 de abril de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con la aprobación del Balance de escisión cerrado al 28 de febrero de 2001, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad extinguida por cuenta de las sociedades beneficiarias, el día 1 de marzo de 2001. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 20 de abril de 2001.-El Administrador único.-18.943. 1.a 3-5-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Informe de Crédito | Predicción y Calificación de Crédito | Información Mercantil e Incidencias | |
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Crédito recomendado | |||
Información mercantil y comercial | |||
Administradores y dirigentes | Solo administradores | ||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
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La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.