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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 05 de julio del 2012 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 26 de junio del 2012 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el socio único actuando como Junta general universal de "Centro Especial de Empleo Seguriber, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Umano Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal" en sesión celebradas el 26 de junio de 2012, adoptó la decisión de la fusión por absorción de "Umano Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal", por "Centro Especial de Empleo Seguriber, Sociedad Limitada Unipersonal", extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la absorbente y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 31 de enero de 2012, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

Al haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley, ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose en su caso los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42. Es de aplicación los artículos 49 y 52 del mismo texto legal no siendo necesario informe de expertos independientes.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de diciembre de 2011, aumentando el capital social la sociedad "Centro Especial de Empleo Seguriber, Sociedad Limitada Unipersonal", sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en por el socio único de ambas sociedades

Madrid, 26 de junio de 2012.- Los Administradores mancomunados de "Centro Especial de Empleo Seguriber, Sociedad Limitada Unipersonal", "Layos Camps Internacional, Sociedad Limitada", representada por doña Mónica de Oriol e Icaza y "Antares Servicios Integrales Siglo XXI, Sociedad Limitada", representada por don Javier Imaz Rubalcaba y el Representante Persona Física de "Antares Servicios Integrales Siglo XXI, S.L.", Administrador único de "Umano Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada Unipersonal", Javier Imaz Rubalcaba.

Absorbente
Absorbida
  • UMANO CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 26/06/2012  

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