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Datos de TINERDIA SL

TINERDIA SL

 922825393   

C/ ALFREDO TORRES EDWARDS 7 (SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA). Ver mapa

Objeto social

La sociedad tiene por objeto: explotación comercial de hipermercados, supermercados, tiendas de alimentación en general, así como cafeterías, restaurantes, bares, pizzerías, pubs, salones recreativos y de juego, panaderías, floristerías, fruterías, tiendas de regalo, zapaterías, artículos de droguer.
CNAE 5610 - Restaurantes y puestos de comidas

CIF

B76588136

Fecha constitución

16/11/2012

Antigüedad

12 años

Capital social

20.000,00 €

Ventas

1M €

Registro

Santa Cruz de Tenerife

Últimas cuentas depositadas

2014

Órgano administración

Administradores solidarios



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de TINERDIA SL depositados en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
Consultar en Axesor

Cargos y representantes

EntidadRelaciónEntidad/RelaciónDesdeHasta
Almazan Colomer Ainhoa Adm. Concurs. Almazan Colomer Ainhoa
Adm. Concurs.
16/06/2016
Martin Saenz Myriam Adm. Solid. Martin Saenz Myriam
Adm. Solid.
19/11/2012
Falcon Rodriguez Jose Vicente Adm. Solid. Falcon Rodriguez Jose Vicente
Adm. Solid.
19/11/2012

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TINERDIA SL o en los que participa indirectamente.

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  • Cierre provisional hoja registral

    La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 10/08/2020. Núm. 295989. T 3255, F 72, S 8, H TF 51025, I/A BAJA 
  • Situación concursal.

    Procedimiento concursal53/2016
    FIRMESi,
    Fecha de resolución7/04/2016
    DescripcionAuto de declaración de concurso. Voluntario
    Juzgadonum. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
    ResolucionesSe declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor TINERDIA SL. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/06/2016. Núm. 278155. T 3255, F 70, S 8, H TF 51025, I/A 2 

    Situación concursal.

    Procedimiento concursal53/2016
    FIRMESi,
    Fecha de resolución7/04/2016
    DescripcionResoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado
    Juzgadonum. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/06/2016. Núm. 278155. T 3255, F 70, S 8, H TF 51025, I/A 2 

    Situación concursal.

    Procedimiento concursal53/2016
    Fecha de resolución10/05/2016
    DescripcionNombramiento de administradores
    Juzgadonum. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
    Adm. Concurs.Almazan Colomer Ainhoa
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/06/2016. Núm. 278155. T 3255, F 70, S 8, H TF 51025, I/A 2 
  • Anuncio Juzgado de lo Mercantil

    Publicación de la organismo JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:

    Cédula de Notificación

    Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

    Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado número 53/16, de la entidad Tinerdia, S.L., con CIF B-76588136 se ha dictado Auto de fecha 7 de abril de 2016 y auto de 5 de mayo de 2016 se ha declarando el concurso, por la Magistrada-Juez Doña Ana Fernández Arranz cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente:

    Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador doña Ruth María González Sousa, en nombre y representación de Tinerdia, S.L., con CIF número B76588136.

    Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Tinerdía, S.L., con CIF número B76588136, y domicilio en Tenerife.

    Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la Ley Concursal, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (artículo 191 Ley Concursal).

    Tercero.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

    Cuarto.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Don Javier Pérez Salgado, Auditor, que reúne los requisitos del artículo 27 de la Ley Concursal.

    Comuníquese telefónicamente o por fax la designación al administrador concursal para que comparezca en este Juzgado a aceptar el cargo en el plazo de los cinco días siguientes a la comunicación.

    Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso.

    Quinto.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal a la administración concursal la existencia de sus créditos, Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.

    La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

    La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor.

    La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte.

    Sexto.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada.

    Séptimo.- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor.

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 323.4 del Reglamento del Registro Mercantil, se interesa del Registrador Mercantil que remita certificación del contenido de esta resolución al Registro de la Propiedad y/o de Bienes Muebles en relación con los bienes de la concursada. Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada.

    Octavo.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

    Noveno.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.

    Décimo.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto.

    Undécimo.- Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la Ley Concursal. En tal sentido, Oficiese a los Juzgados Decanos de la provincia.

    Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso.

    Duodécimo.- Requiérase al deudor para que en el plazo de diez días presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos a la Fecha de Declaración del Concurso.

    Décimotercero.- Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso.

    Decimocuarto.- Publíquese la presente resolución en el Registro Público Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es.

    Modo de Impugnación: Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 Ley de Enjuiciamiento Civil) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición Adicional 15ª Ley Orgánica del Poder Judicial). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita

    Así lo dispone, manda y firma Doña Ana Fernández Arranz, Magistrada Juez, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

    La Magistrada Juez, El Letrado de la Administración de Justicia.

    Auto nuevo nombramiento de fecha 5 de mayo de 2016

    Acuerdo;

    Se procede al nombramiento como nuevo administrador del concurso a Doña Ainhoa Almazán Colomer, letrada, lo que se le comunicará por el medio más rápido, haciéndole saber que deberá aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, mediante comparecencia ante este Juzgado. En dicha comparecencia se les hará saber lo establecido en el artículo 28 y siguientes de la Ley Concursal, y aceptado el cargo se les entregará testimonio de este auto y de la comparecencia de aceptación, a fin de que quede acreditada su designación. Asimismo deberán señalar un despacho u oficina para el ejercicio de su cargo, que deberá estar ubicada en alguna localidad del ámbito de competencia territorial del Juzgado.

    Publiquese el nombramiento del administrador en los mismos medios en que lo hubiere sido el administrador sustituido.

    Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal, Se pone en conocimiento, a todos los efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, Arriba indicado, Doña Ainhoa Almazán Colomer colegida,nº 4.751 con DNI número XXXXXXX con profesional, avenida Buenos Aires, 54 derecha, Santa Cruz de Tenerife, con número de teléfono 922.20.24.95 fax 922 28.31.34 correo [email protected]

    Santa Cruz de Tenerife, 10 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    Empresa
    • TINERDIA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Estado 
    Fecha inscripción: 10/05/2016. Núm. A160036513.  
  • Constitución.

    Se constituye la empresa con fecha 19 de noviembre de 2012 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 20.000,00 Euros e inicia su actividad el 16 de noviembre de 2012. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en C/ ALFREDO TORRES EDWARDS 7 (SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA). La empresa indica que su actividad es La sociedad tiene por objeto: Explotación comercial de hipermercados, supermercados, tiendas de alimentación en general, así como cafeterías, restaurantes, bares, pizzerías, pubs, salones recreativos y de juego, panaderías, floristerías, fruterías, tiendas de regalo, zapaterías, artículos de droguer.

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 19/11/2012. Núm. 507511. T 3255, F 70, S 8, H TF 51025, I/A 1 

    Nombramientos.

    Publicación en el BORME de los siguientes nombramientos:

    Adm. Solid.
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 19/11/2012. Núm. 507511. T 3255, F 70, S 8, H TF 51025, I/A 1 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
AccederAccederAcceder

TINERDIA SL inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. y con domicilio en San Cristóbal de La LagunaSu clasificación nacional de actividades económicas es Restaurantes y puestos de comidas.

capital social de la empresa es de 20.000,00 euros y tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.

TINERDIA SL tiene 3 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.