Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 26 de mayo del 2005 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa TELEON TV SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 20 de mayo del 2005 con los datos de inscripción .
El Consejo de Administración ha acordado convocar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas para su celebración, en el domicilio social, sito en Valladolid, calle Francisco Hernández Pacheco, n.º 14, el próximo día 30 de junio de 2005, a las 13 horas, en primera convocatoria, o, en su caso, al día siguiente a la misma hora, en segunda, bajo el siguiente
Orden del día
Primero.-Aprobación de las Cuentas anuales del ejercicio 2004, de la gestión social y distribución de resultados. Segundo.-Renovación del Consejo de Administración. Tercero.-Examen del Informe de los Administradores sociales y del experto independiente nombrado por el Registro Mercantil, así como examen y aprobación del Balance de Escisión, de fecha 31 de diciembre de 2004. Cuarto.-Aprobación del Proyecto de Escisión Parcial de Teleón TV, S.A., elaborado y suscrito por el Consejo de Administración, con fecha 31 de marzo de 2005, depositado en el Registro Mercantil de Valladolid el 14 de abril de 2005. Quinto.-Aprobación del Acuerdo de Escisión Parcial, conforme al Proyecto de Escisión Parcial de 31 de marzo de 2005, antes referido. Sexto.-Examen del Informe del Consejo de Administración sobre la existencia de modificaciones del activo y del pasivo, acaecidas desde la redacción del proyecto hasta la celebración de la Junta. Séptimo.-Sometimiento de la operación al régimen fiscal especial del Capítulo VIII del Título VII y de la Disposición Adicional Segunda de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Octavo.-Otorgamiento de facultades para la ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta. Noveno.-Redacción, lectura y aprobación del Acta.
Se hace constar el derecho de los accionistas de conformidad con el artículo 212.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, a examinar en el domicilio social, y el derecho a obtener la entrega o envío gratuito de la documentación que integra las Cuentas Anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2004.
Igualmente se ponen a disposición de todos los accionistas y representantes de los trabajadores, para su examen en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, teniendo derecho a obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos: Proyecto de Escisión Parcial, Informe del Experto Independiente, Informe de los Administradores Sociales, Cuentas Anuales de los tres últimos ejercicios y los Estatutos vigentes de las sociedades que participan en la escisión parcial, así como la relación de nombres, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los Administradores de las sociedades que participan en la escisión y fecha desde la que desempeñan sus cargos.
A continuación se indican las menciones mínimas exigibles del Proyecto de Escisión: Se trata de una Escisión Parcial, sin extinción de personalidad de Teleón TV, S.A. (sociedad escindida con domicilio en Valladolid C/ Francisco Hernández Pacheco n.º 14, inscrita en el RM de Valladolid, Tomo 866, Folio 84, Sección 8, Hoja VA-10831) segregando, con la consiguiente reducción de su capial social en la cifra de 0,38 euros por acción, la parte de su patrimonio (activos y pasivos) que constituyen la actividad de radiodifusión sonora, que forma una unidad económica, y que se traspasará en bloque a la mercantil ya existente Castilla y León Radio, S.A.U. (sociedad beneficiaria con domicilio en Valladolid, C/ Manuel Canesi Acevedo n.º 1, inscrita en el RM de Valladolid, Tomo 898, Folio 37, Sección 8, Hoja VA-11464), que ampliará su capital mediante la emisión de nuevas acciones. Se ha tomado como Balance de Escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2004. Cada acción de Teleón TV, S.A., equivale a 0,7230139 acciones de Castilla y León Radio, S.A.U.; la fecha de todos los efectos de la escisión parcial será el 1 de enero de 2005 y no se otorgarán derechos especiales ni ventajas de clase alguna a ningún socio, ni a los expertos independientes que intervengan en la escisión parcial y tampoco a los administradores ni en la sociedad beneficiaria ni en la escindida parcialmente.
Valladolid, 20 de mayo de 2005.-José Luis Ulibarri, Presidente del Consejo de Administración.-26.078.
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