B61443982
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(Extinguida el 08/06/2015)
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0.5M €
Barcelona
Información sobre balances y cuentas de resultados de TELECOM CONSULTING TC SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Padilla Marchal Aurora | Adm. Concurs. | Padilla Marchal Aurora Adm. Concurs. | 16/01/2015 | 08/06/2015 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TELECOM CONSULTING TC SL o en los que participa indirectamente.
JUZGADO MERCANTIL 2 DE BARCELONA, PROCEDIMIENTO CONCURSO VOLUNTARIO 908/2014, AUTO FIRME DE FECHA 29/04/2015, POR LA QUE SE ACUERDA LA CONCLUSION DEL CONCURSO DE LA SOCIEDAD.
JUZGADO MERCANTIL 2 DE BARCELONA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO DE CONCURSO VOLUNTARIO 908/2014, AUTO FIRME DE FECHA 04/11/2014, DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA SOCIEDAD.
Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 908/2014, en el que se ha dictado con fecha 4/11/14 auto declarando en estado de concurso a la entidad TELECOM CONSULTING TC, S.L., con CIF B61443982, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8007639.
Tipo de Concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Telecom Consulting Tc, S.L., con domicilio en C/ Balmes 177, 4.º 2.ª Barcelona.
Administrador/es concursal: D.ª Aurora Padilla Marchal, con domicilio en Paseo de Gracia 37, 2.º 1.ª, Barcelona, con correo electrónico [email protected].
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 12 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.
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