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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 18 de mayo del 2009 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa TECYR CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 07 de mayo del 2009 con los datos de inscripción Diario: 091 Sección: C Pág: 14967 - 14969.


Anuncio de convocatoria de Junta

TECYR CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES SA

Junta General Ordinaria y Extraordinaria.

Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 7 de mayo de 2009, se convoca a los señores accionistas de esta Compañía a las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria que se celebraran en el domicilio social, sito en Torrejón de la Calzada (Madrid), Polígono Industrial Las Avenidas, calle Segunda Avenida, núm. 40, el día 24 de junio de 2009, a las 17 horas, la Junta General Ordinaria, y a continuación de esta la Junta General Extraordinaria, en primera convocatoria, y, si procediera, el día 26 de junio de 2009, a las 18 horas, la Junta General Ordinaria y, a continuación de esta, la Junta General Extraordinaria, en segunda convocatoria, con los siguientes Ordenes del Día. ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria) del ejercicio 2008, así como del informe de gestión y propuesta de aplicación del resultado de dicho ejercicio.

Segundo.- Aprobación, en su caso, de la gestión social desarrollada en el ejercicio 2008.

Tercero.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta General Ordinaria.

Todos los accionistas tienen derecho, desde el momento mismo de la publicación de esta convocatoria hasta el mismo día de la celebración de la Junta a examinar, en el domicilio social, esto es en el lugar previsto para la celebración de la Junta, la documentación a la que se refiere el primer punto del Orden del Día, así como el informe emitido sobre las mismas por el Auditor de la Sociedad, y a pedir la entrega o envío gratuito de dicha documentación. ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Primero.- Ampliación del capital social en 120.800 euros, como máximo, de manera que éste quede fijado en 181.200 euros, como máximo; realización del aumento de capital mediante la emisión de 1.208 nuevas acciones como máximo, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, ordinarias y al portador, que se desembolsarán íntegramente, mediante aportación dineraria, en el momento mismo de su suscripción, con un valor nominal cada una de ellas de 100 euros, y numeradas (caso de decidirse que el aumento sea por la cuantía máxima antes indicada) del número 605 al 1.812, ambos inclusive o identificadas con la numeración que proceda caso de acordarse el aumento de capital por un importe inferior al máximo antes señalado. Segundo.- Sin perjuicio de que los accionistas que asistan a la Junta puedan ejercitar directamente en ella su derecho de suscripción preferente o renunciar a su ejercicio en dicho momento, conceder a los actuales accionistas de la compañía, el plazo de un mes, desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones (acciones, emitidas en razón del aumento de capital que se acuerde), en el ?Boletín Oficial del Registro Mercantil?, para que puedan ejercitar su derecho de suscripción preferente (suscripción preferente de las acciones emitidas en razón del aumento de capital acordado en un número proporcional al de las poseídas por cada uno de ellos en el momento de celebración de la Junta); expirado dicho plazo, las acciones no suscritas por los actuales accionistas quedaran a disposición del Consejo de Administración de la Sociedad, durante treinta días naturales, plazo durante el cual dicho Consejo las podrá ofrecer a cualesquiera persona(s) en la proposición que tenga por conveniente. No se concede igual derecho a los titulares de obligaciones convertibles pues la Sociedad no tiene emitidas obligaciones de tal naturaleza ni de ninguna otra. Tercero.- Decidir, en su caso, que en el supuesto de que, en los plazos establecidos en el punto 2.º anterior, el aumento de capital acordado no se suscriba íntegramente que, en tal supuesto, el capital se aumentara únicamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas de las acciones emitidas en razón al aumento de capital decidido. Cuarto.- Modificación del artículo 5.º de los Estatutos de la Sociedad en el caso de que, en la propia Junta, se suscriba por sus accionistas la totalidad de las acciones emitidas en razón del aumento de capital decidido. Quinto.- Para el supuesto de que en la propia Junta no quede suscrito íntegramente el aumento de capital acordado, facultar expresamente al Consejo de Administración para dar a aquellos artículos de los Estatutos de la Sociedad que lo precisen y, en todo caso al artículo 5.º de los mismos, en el supuesto de que las acciones no suscritas en la Junta lo fueran dentro de los plazos mencionados en el punto 2.º del Orden del Día anterior y ello para ajustar tales artículos (en especial el 5.º) a la suscripción realizada del aumento de capital decidido. Sexto.- Acordar, que la suscripción de las acciones emitidas en razón del aumento de capital acordado, puede ser incompleta y que en este caso tras la ejecución del acuerdo de aumento de capital en cuanto a las acciones suscritas y desembolsados, decidir que el Consejo de Administración deberá (quedando expresamente facultado para y obligado (a ello) dar una nueva redacción a los estatutos de la Sociedad y en especial a su artículo 5.º y concordantes, a fin de recoger en los mismos la nueva cifra del capital social y el número de acciones en que el mismo haya quedado dividido. Séptimo.- Delegación en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, de la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto por la Junta General. En especial, y sin que la enumeración que sigue tenga carácter exhaustivo o suponga limitación o restricción alguna a las facultades que, en la forma más amplia posible en Derecho se otorgan en tal sentido al Consejo de Administración, se delega a favor de éste las facultades precisas para: a) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital una vez finalizado el período de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. b) Realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes para llevar a cabo la ejecución y formalización del aumento de capital, ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo y ello en el plazo de un mes desde la celebración de la Junta que se convoca. Todos los accionistas tienen derecho, desde el momento mismo de la publicación de esta convocatoria hasta la celebración de la Junta General, a examinar en el lugar previsto para la celebración de la Junta, esto es en el domicilio social, el texto íntegro del Informe del Consejo de Administración sobre el aumento de capital objeto de la Junta y del texto íntegro de la propuesta de las modificaciones de los Estatutos de la Sociedad que tal aumento determinará, así como el derecho/facultad que le corresponde de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Torrejón de la Calzada, 7 de mayo de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 07/05/2009 Diario: 091 Sección: C Pág: 14967 - 14969 

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