Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 20 de octubre del 2026 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa TECNOHUERTAS 101 SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 15 de octubre del 2026 con los datos de inscripción Diario: 202 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 6851 - 6852.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el "RDL 5/2023"), se hace público que, con fecha 15 de octubre de 2026, los respectivos socios únicos/accionista único de las sociedades anteriormente identificadas aprobaron la operación de fusión por absorción de todas las Sociedades Absorbidas por parte de Tecnohuertas 101, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de sus derechos y obligaciones, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión suscrito con fecha 13 de octubre de 2026 por los órganos de administración de las sociedades participantes (en adelante, el "Proyecto de Fusión").
La operación de fusión se configura como una reorganización societaria única, articulada en dos fases sucesivas, cuya aprobación y formalización se proyectan en unidad de acto. En una primera fase, Tecnohuertas 101, S.L.U. absorberá a las veinticinco sociedades identificadas anteriormente bajo las denominaciones Tecnohuertas 102 a Tecnohuertas 118 y Tecnohuertas 201 a Tecnohuertas 208, todas ellas sociedades hermanas de la Sociedad Absorbente, al encontrarse íntegramente participadas por el mismo socio único directo, Tecnohuertas, S.A.U. En una segunda fase, la Sociedad Absorbente procederá a la absorción de Tecnohuertas, S.A.U. y Global Fotorom, S.L.U., mediante una operación de fusión inversa, al tratarse de sociedades situadas en niveles superiores de su cadena de participación societaria.
La operación se acoge al régimen especial previsto en los artículos 53 y 56 del RDL 5/2023, relativo a los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, atendiendo a que todas las sociedades participantes se encuentran íntegramente participadas, directa o indirectamente, por el mismo socio último, Velto Renewables, S.L. En consecuencia, de conformidad con las especialidades previstas en los citados preceptos, no procede establecer un tipo de canje de las participaciones sociales ni realizar un aumento de capital social de la Sociedad Absorbente. Asimismo, no resulta necesaria la elaboración de informe de experto independiente sobre el Proyecto de Fusión ni de los informes de los administradores en los términos legalmente dispensados. Como consecuencia de la operación, Tecnohuertas 101, S.L.U. conservará su personalidad jurídica y mantendrá inalterada su cifra de capital social, sin que se produzca modificación de sus estatutos sociales.
De conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 46 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la operación de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los correspondientes balances de fusión, que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales de las sociedades intervinientes. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a solicitar las garantías que, en su caso, procedan, en los términos y plazos establecidos en el artículo 13 del RDL 5/2023.
Madrid, 15 de octubre de 2026.- En su calidad de administradores mancomunados de la sociedad Tecnohuertas 101, S.L.U., D. Lucas de Haro Izquierdo y D. Álvaro Gispert Rubio. En su calidad de administradores mancomunados de las sociedades Tecnohuertas 102, S.L.U., Tecnohuertas 103, S.L.U., Tecnohuertas 104, S.L.U., Tecnohuertas 105, S.L.U., Tecnohuertas 106, S.L.U., Tecnohuertas 107, S.L.U., Tecnohuertas 108, S.L.U., Tecnohuertas 109, S.L.U., Tecnohuertas 110, S.L.U., Tecnohuertas 111, S.L.U., Tecnohuertas 112, S.L.U., Tecnohuertas 113, S.L.U., Tecnohuertas 114, S.L.U., Tecnohuertas 115, S.L.U., D. Pablo Romagosa de la Pisa y D. Álvaro Gispert Rubio. En su calidad de administradores mancomunados de las sociedades Tecnohuertas 116, S.L.U., Tecnohuertas 117, S.L.U., Tecnohuertas 118, S.L.U., Tecnohuertas 201, S.L.U., Tecnohuertas 202, S.L.U., Tecnohuertas 203, S.L.U., Tecnohuertas 204, S.L.U., Tecnohuertas 205, S.L.U., Tecnohuertas 206, S.L.U., Tecnohuertas 207, S.L.U., Tecnohuertas 208, S.L.U., D. Álvaro García González y D.ª Alejandra Elizabeth Lara Tayo. En su calidad de administradores mancomunados de la sociedad Tecnohuertas, S.A.U. y Global Fotorom, S.L.U, D. Álvaro Gispert Rubio y D. Álvaro García González.