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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 21 de noviembre del 2013 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 12 de noviembre del 2013 con los datos de inscripción Diario: 223 Sección: C Pág: 15948 - 15948.


Anuncio de escisión

Se anuncia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 44, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles que, en fecha de 25 de octubre de los corrientes, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la mercantil "Costa Calipso, S.L." -como sociedad escindida- ha aprobado por unanimidad la escisión total de la compañía -que de esta manera se extingue- mediante la división de su patrimonio en cinco partes, para su traspaso respectivo en bloque a favor de cinco sociedades de nueva creación, -Rentbox, S.L.; Landurbs Terrenos, S.L.; Geoda Terrenos, S.L. Tasur Asesores, S.L. y Serena RM Desarrollos, S.L.-, que se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total acordada, adquiriendo cada una de ellas por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la compañía escindida.

Indicar que, como consecuencia de la escisión total, los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de las sociedades beneficiarias en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.

Asimismo, dado que la sociedad escindida adopta unánimemente en sede de junta universal el acuerdo de escisión total, la operación se estructura como una escisión total mediante acuerdo unánime de escisión previsto en el artículo 42 LME por remisión del artículo 73.1 de la LME, no siendo necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Escisión ni la elaboración de informe de administradores.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la sociedad que se escinde de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, -no siendo necesaria la elaboración del Informe de los administradores, ni de expertos independientes sobre el proyecto de escisión ni tampoco el balance de escisión, en los términos de los referidos artículos 42 y 78 bis de la LME de régimen simplificado- y el derecho de los acreedores de oponerse a la escisión en los términos establecidos legalmente en el artículo 44 de la LME.

Almería, 12 de noviembre de 2013.- Presidente del Consejo de Administración de Costa Calipso, S.L.

Escindida
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 12/11/2013 Diario: 223 Sección: C Pág: 15948 - 15948 

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