Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 13 de junio del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Doña Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), y la reforma prevista en el artículo 6 R.D. LEY 3/2009 sobre ese artículo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado.
Anuncia
Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 138/2011 se ha dictado a instancias de Talleres y Mecanizados Vice, S.L., en fecha 3 de mayo de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Talleres y Mecanizados Vice, S.L., con CIF B-47350947, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Aluminio, parcela 208, nave 10, de Valladolid.
Segundo.-El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido su ejercicio a la intervención del administrador del concurso, mediante su autorización, no concurriendo en este caso circunstancias que justifiquen la suspensión.
Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Si además se pretendiera la personación se deberá hacer en escrito aparte, conforme al punto cuarto.
Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).
Valladolid, 5 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
| Empresa |
|