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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 07 de noviembre del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA

Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 88/09 habiéndose dictado por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto de cumplimiento de convenio en fecha 8 de mayo de 2017 respecto de la mercantil Tacurval, S.L. con CIF B46159968, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1. Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 21 de marzo de 2011.

2. Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público Concursal, en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este tribunal.

3.Expedir, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, los despachos siguientes:

1.º Registro Mercantil de Valencia, para constancia en la inscripción correspondiente al concursado significándole que remita las certificaciones correspondientes a los registros de bienes en los que el concursado tiene registrados sus bienes como ya se efectuó con la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del reglamento del registro mercantil.

4. Entregar los despachos expedidos al efecto al procurador Sr. Ruiz Martín, Juan Antonio, a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión.

5. Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Información sobre el depósito para recurrir

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo "concepto" el código "00 Civil-Reposición" y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo "concepto" el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

El/La Juez/Magistrado-Juez. El/La Letrado/a. Justicia.

Valencia, 24 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Empresa
  • TACURVAL SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 24/07/2017  

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