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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 11 de noviembre del 2010 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa SUN NATURE & GOLF SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de octubre del 2010 con los datos de inscripción Diario: 216 Sección: C Pág: 35028 - 35029.


Anuncio de convocatoria de Junta

SUN NATURE & GOLF SA

Por acuerdo del Consejo de Administración de Sun, Nature & Golf, S.A., con domicilio social en Murcia, Plaza Santa Catalina, num. 4, bajo D, con C.I.F. numero A73346074, y de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos sociales y en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas, la cual tendrá lugar en el Hotel Hesperia de Murcia, sito en calle Madre de Dios, numero 4, el miércoles 15 de diciembre de 2010, a las 19 horas, en primera convocatoria, y en su caso, el día siguiente, jueves 16 de diciembre, en segunda convocatoria con arreglo al siguiente:

Orden del día

Primero.- Adopción de acuerdo de interposición de demanda judicial contra los Hermanos Pidal Allende Salazar en su propio nombre y derecho y contra las sociedades que representaban por incumplimiento de los contratos y acuerdos suscritos.

Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales, aplicación de resultados y censura de la gestión del órgano de administración, todo ello referido al ejercicio cerrado a 31 de Diciembre de 2009.

Tercero.- Información del estado económico de la sociedad, y adopción de decisiones al respecto.

Cuarto.- Ruegos y preguntas.

Quinto.- Delegación de facultades para la elevación a público y la inscripción de los acuerdos anteriores.

Sexto.- Lectura y aprobación del acta en la propia reunión o por delegación de dos Interventores en el plazo de quince días.

Derecho de información: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 212 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace constar el derecho de todos los accionistas de examinar en el domicilio social o bien de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas la Ley de Sociedades. Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Asimismo, durante la celebración de la Junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Asistencia y representación: De conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de los Estatutos sociales, podrá asistir a la Junta General todos los accionistas de la sociedad. La legitimación podrá efectuarse de forma anticipada al menos, con un día de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, inscribiendo en el libro-registro las acciones sin perjuicio de poder acreditar la condición de socio ante la propia Junta. Todo accionista podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta. La representación es siempre revocable. La asistencia personal a la Junta del representado tendrá valor de revocación. En caso de solicitud pública de representación, el documento en que conste el poder deberá contener o llevar anejo el orden del día, así como la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso que no se impartan instrucciones precisas. Se entenderá que existe solicitud pública cuando una misma persona ostente la representación de más de tres accionistas, sin perjuicio de lo establecido para la representación familiar. Los poderes especiales deberán entregarse para su incorporación a la documentación social, salvo si constaren en documento público.

Murcia, 4 de octubre de 2010.- Pedro Martínez Manzanares, Presidente.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 04/10/2010 Diario: 216 Sección: C Pág: 35028 - 35029 

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