Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de mayo del 2022 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa PORTEROMANIA SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 18 de mayo del 2022 con los datos de inscripción T 4592, F 115, S 8, H Z 30376, I/A 26.
"ARTICULO 5.- CAPITAL SOCIAL. El capital social de la sociedad se fija en TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS (3.229 E). Dicho capital social está dividido en 3.229 participaciones sociales, todas iguales, acumulables e indivisibles, de 1E de valor nominal cada una de ellas, enumeradas "ARTICULO 6.- REGIMEN DE TRANSMISION DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES El régimen jurídico aplicable a la transmisión de participaciones sociales será el siguiente: a. Régimen aplicable a la transmisión de participaciones sociales Cualquier transmisión directa o indirecta de participaciones de la "ARTICULO 9º.- CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL. La convocatoria de la Junta General se llevará a cabo haciéndose constar en ella con suficiente detalle el orden del día de los asuntos que serán tratados en la reunión. La convocatoria de la Junta se realizará por escrito mediante correo certificado "ARTICULO 12º.- ASISTENCIA Y REPRESENTACION. Todos los socios tendrán derecho a asistir a las juntas generales de socios de la Sociedad. Cada participación social dará derecho a un voto. Los socios podrán hacerse representar en las reuniones de la junta general por medio de otro socio, su cónyuge "ARTICULO 13º.- QUORUM DE ASISTENCIA . La Junta General de Socios de la Sociedad quedará válidamente constituida cuando a la misma concurran socios, presentes o representados, en primera convocatoria, titulares de, al menos el 50% de las participaciones que componen el capital social de la Sociedad "ARTICULO 17º.- MODO DE ADOPTAR LOS ACUERDOS . Sin perjuicio de aquellos supuestos en los que la Ley exija una mayoría superior (en cuyo caso se estará a lo establecido legalmente), la junta general decidirá sobre las materias de su competencia, mediante el voto favorable de socios que representen "ARTICULO 20º.- PARTICULARIDADES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION El consejo de administración de la Sociedad estara compuesto por un mínimo de cinco (5) miembros y un máximo de siete (7) miembros, correspondiendo en este caso a la junta de socios la determinación del número concreto de sus. |