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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 05 de agosto del 2013 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa SOLPORT SISTEMAS SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 17 de mayo del 2013 con los datos de inscripción Diario: 147 Sección: C Pág: 12993 - 12993.


Otros anuncios y avisos legales

SOLPORT SISTEMAS SL

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General de socios, celebrada el día 17 de mayo de 2013, acordó, por mayoría del 50,98 por ciento del capital social, reducir el capital social a cero, es decir en la cifra de 3.060 euros, mediante la amortización de la totalidad de las participaciones representativas del capital social. Esta reducción que no genera devolución alguna a los socios. La finalidad es la de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, disminuido como consecuencia de las pérdidas, realizándose sobre la base del balance de situación de la sociedad cerrado a fecha 31 de diciembre de 2012, y que ha sido previamente auditado.

Simultáneamente a dicha reducción se aprueba, por mayoría del 50,98 por ciento del capital social, el aumento del capital social hasta la cifra de 150.000 euros, mediante la creación de nuevas acciones, de 30 euros de valor nominal cada una de ellas, emitidas a la par e iguales en derechos a las preexistentes. Esta ampliación será con derechos de suscripción preferente y podrá ser desembolsado por los socios que quieran en proporción a su participación en el capital social objeto de reducción, este derecho podrá ser ejercido de forma total o parcial. El desembolso de las nuevas participaciones podrá hacerse en efectivo dinerario mediante aportaciones dinerarias o mediante la capitalización de créditos ostentados frente la sociedad. Dichos créditos deberán encontrarse vencidos, ser líquidos y exigibles. La suscripción y el desembolso de las nuevas participaciones deberán ser simultáneos. Se delega tan ampliamente como sea necesario en el órgano de administración la facultad para la colocación de las participaciones, en un plazo de 5 días a partir de la finalización del plazo de 30 días legalmente previsto para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los socios.

A los efectos de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, se establece la posibilidad de suscripción incompleta del capital social, en la cuantía de las suscripciones efectuadas. Por lo tanto la cifra final del aumento del capital social será aquella efectivamente suscrita.

Se acordó delegar en el Órgano de Administración la facultad de determinar la cifra resultante y modificar en consecuencia los Estatutos sociales. Este acuerdo de reducción y aumento de capital se llevará a cabo como mínimo un mes después de la última publicación de este y como máximo en el periodo de un año de acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 17 de mayo de 2013.- El Administrador solidario, Santiago Rivas Contreras.

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Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 17/05/2013 Diario: 147 Sección: C Pág: 12993 - 12993 

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