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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 11 de junio del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa SOLITIUM SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 05 de junio del 2025 con los datos de inscripción Diario: 109 Sección: 2 Pág: 4302 - 4302.


Anuncio de fusión y absorción

SOLITIUM SL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio se hace público que el día cinco de junio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de Solitium, S.L. (Sociedad Absorbente) y ella misma como socia única y Administradora de Solitium Profimàtica, S.L. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias como Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado por unanimidad la decisión de aprobar la fusión por absorción de esta última sociedad, sobre la base del proyecto común de fusión de fecha cinco de mayo de 2025, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión con fecha los Balances de fusión están fechados a 31 de diciembre de 2024 y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida.

En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 6 y 7 del artículo 40 de la Ley. Habiéndose adoptado las decisiones (acuerdos) de fusión por las sociedades intervinientes en la fusión por decisión de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que las decisiones (acuerdos) de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad de cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, la decisión (acuerdo) de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden si fuere el caso. Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión a efectos del ejercicio de sus derechos.

Madrid, 5 de junio de 2025.- Don Rafael Martín Silván, en su condición de Consejero delegado de Solitium, S.L. y a la vez representante persona física de esa misma sociedad como Administradora de la sociedad absorbida.

Absorbente
Absorbida
  • SOLITIUM PROFIMATICA SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 05/06/2025 Diario: 109 Sección: 2 Pág: 4302 - 4302 

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