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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 14 de mayo del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Edicto

D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que por auto de fecha 25 de abril de 2016 en el procedimiento con número de autos 000262/2016 y N.I.G. 03065-66-2-2016-0000212, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor SOL DE SELLA, S.L., con domicilio en Avenida Universitat d´Elx, 64-AC Local 2 Elche (Alicante) y CIF n.º B-53981908, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.902, folio 73, hoja A-90.444, representada por el procurador D/D.ª Jesús Ezequiel Pérez Campos.

Facultades del concursado: Suspensión.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./D.ª José Javier Córdoba Castellón, colegiado del Ilustre Colegio de abogados de Elche con domicilio postal para notificaciones: c/ Ereta Alta, n.º 1-entlo. derecha Elche 03202; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected]; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: c/ Ereta Alta, 1-entlo. 03202-Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Elche, 29 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Empresa
  • SOL DE SELLA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 29/04/2016  

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