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Datos de SOGAESGO 3100 SL

SOGAESGO 3100 SL

Objeto social

CNAE 0150 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera

CIF

B50103613

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

2.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SOGAESGO 3100 SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las mercantiles "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada" y "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada", celebradas el día 3 de octubre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada" por "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la absorbida que traspasa en bloque su patrimonio a título de sucesión universal a la absorbente, quedando esta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión, redactado y suscrito por los administradores de ambas compañías, y depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, domicilio de las sociedades que se fusionan.

    Conforme al número 2 del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no han intervenido los expertos independientes a los que se refiere el artículo 236 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se aprobó, por unanimidad, el proyecto de fusión y los Balances cerrados a 30 de junio de 2002, que constituyen los Balances de fusión.

    La fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de enero de 2002.

    Como consecuencia de la fusión aprobada, la absorbente amplía su capital social en 348,59 euros, mediante la emisión de 58 nuevas participaciones de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas. Las nuevas participaciones darán derecho a sus titulares a participar en las ganancias a partir de 1 de enero de 2002. Se modifica el artículo sexto de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente con motivo de la ampliación de capital acordada, no otorgándose derechos especiales a socios ni ventajas a los Administradores. Los socios y los representantes de los trabajadores han tenido a su disposición la documentación indicada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existen obligacionistas, ni titulares de derechos especiales.

    Se hace constar expresamente, según se establece en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión citados, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se opta por aplicar a esta fusión el régimen fiscal especial aplicable según establece el capítulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre.

    Zaragoza, 7 de octubre de 2002.-Los Administradores solidarios de "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", y el Administrador único de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada".-47.096.

    y 3.a 6-11-2002.

    Absorbente
    Absorbida
    • SOGAESGO 3100 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 07/10/2002. Núm. 47096. Diario: 212 Sección: R Pág: 30689 - 30689 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las mercantiles "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada" y "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada", celebradas el día 3 de octubre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada" por "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la absorbida que traspasa en bloque su patrimonio a título de sucesión universal a la absorbente, quedando esta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión, redactado y suscrito por los administradores de ambas compañías, y depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, domicilio de las sociedades que se fusionan.

    Conforme al número 2 del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no han intervenido los expertos independientes a los que se refiere el artículo 236 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se aprobó, por unanimidad, el proyecto de fusión y los Balances cerrados a 30 de junio de 2002, que constituyen los Balances de fusión.

    La fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de enero de 2002.

    Como consecuencia de la fusión aprobada, la absorbente amplía su capital social en 348,59 euros, mediante la emisión de 58 nuevas participaciones de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas. Las nuevas participaciones darán derecho a sus titulares a participar en las ganancias a partir de 1 de enero de 2002. Se modifica el artículo sexto de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente con motivo de la ampliación de capital acordada, no otorgándose derechos especiales a socios ni ventajas a los Administradores. Los socios y los representantes de los trabajadores han tenido a su disposición la documentación indicada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existen obligacionistas, ni titulares de derechos especiales.

    Se hace constar expresamente, según se establece en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión citados, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se opta por aplicar a esta fusión el régimen fiscal especial aplicable según establece el capítulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre.

    Zaragoza, 7 de octubre de 2002.-Los Administradores solidarios de "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", y el Administrador único de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada".-47.096.

    2.a 5-11-2002.

    Absorbente
    Absorbida
    • SOGAESGO 3100 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 07/10/2002. Núm. 47096. Diario: 211 Sección: R Pág: 30503 - 30503 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las mercantiles "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada" y "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada", celebradas el día 3 de octubre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada" por "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la absorbida que traspasa en bloque su patrimonio a título de sucesión universal a la absorbente, quedando esta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión, redactado y suscrito por los administradores de ambas compañías, y depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, domicilio de las sociedades que se fusionan.

    Conforme al número 2 del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no han intervenido los expertos independientes a los que se refiere el artículo 236 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se aprobó, por unanimidad, el proyecto de fusión y los Balances cerrados a 30 de junio de 2002, que constituyen los Balances de fusión.

    La fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de enero de 2002.

    Como consecuencia de la fusión aprobada, la absorbente amplía su capital social en 348,59 euros, mediante la emisión de 58 nuevas participaciones de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas. Las nuevas participaciones darán derecho a sus titulares a participar en las ganancias a partir de 1 de enero de 2002. Se modifica el artículo sexto de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente con motivo de la ampliación de capital acordada, no otorgándose derechos especiales a socios ni ventajas a los Administradores. Los socios y los representantes de los trabajadores han tenido a su disposición la documentación indicada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existen obligacionistas, ni titulares de derechos especiales.

    Se hace constar expresamente, según se establece en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión citados, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se opta por aplicar a esta fusión el régimen fiscal especial aplicable según establece el capí tulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre.

    Zaragoza, 7 de octubre de 2002.-Los Administradores solidarios de "Escartín Goizueta, Sociedad Limitada", y el Administrador único de "Sogaesgo 3100, Sociedad Limitada".-47.096.

    1.a 4-11-2002.

    Absorbente
    Absorbida
    • SOGAESGO 3100 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 07/10/2002. Núm. 47096. Diario: 210 Sección: R Pág: 30261 - 30262 

Informes comerciales Axesor

Informe de CréditoInforme Mercantil, Incidencias y VinculacionesPerfil Comercial de Empresa
Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evolución
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo administradores
Incluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursales
Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAI
Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef Empresas
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
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SOGAESGO 3100 SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Producción agrícola combinada con la producción ganadera.

La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.