Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 27 de junio del 2023 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa SOCIEDAD INMOBILIARIA IPARRAGUIRRE SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 30 de mayo del 2023 con los datos de inscripción Diario: 120 Sección: 2 Pág: 5310 - 5311.


Otros anuncios y avisos legales

SOCIEDAD INMOBILIARIA IPARRAGUIRRE SA

Aumento de capital - Reactivación

Anuncio, conforme a los artículos 305.2 y 370 de la LSC para el ejercicio del derecho de suscripción preferente de nuevas acciones por aumento de capital y reactivación a la vida activa de la Sociedad.

1º-De acuerdo con lo previsto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Sociedad Inmobiliaria Iparraguirre, S.A. (en liquidación) celebrada el 10 de enero de 2023 adoptó, entre otros, el acuerdo de aumentar capital social mediante aportaciones dinerarias, con derecho de suscripción preferente de los accionistas.

Los términos del acuerdo y las condiciones del ejercicio del derecho de suscripción preferente de los accionistas son las que a continuación se indican.

La entidad ha acordado un aumento de capital con cargo a aportaciones dinerarias de los socios por importe de noventa mil euros (90.000,00 €) mediante la emisión de ciento veinte mil (120.000) nuevas acciones nominativas de setenta y cinco céntimos de valor nominal (0,75 €). De esta forma, las nuevas acciones tendrán el mismo valor nominal de las anteriormente existente.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del artículo 311 LSC, la Junta General aprobó la posibilidad de una suscripción incompleta, por lo que el capital se aumentará en la cuantía de las acciones que hayan sido efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto en cuanto al resto.

Los socios de la entidad tendrán derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones pudiendo suscribir un número de acciones proporcional a su participación en el capital social (7,5 acciones nuevas por cada acción vieja). De esta forma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 304.1 de la Ley de Sociedades de capital los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente podrán suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean. A estos efectos, los socios comunicarán, por escrito, a la sociedad su deseo de acudir a la ampliación de capital. Los socios que, en ejercicio de su derecho de suscripción preferente, deseen acudir a la ampliación de capital deberán comunicarlo por escrito a la sociedad, concretando el número de acciones solicitado, y en todo caso, deberán desembolsar íntegramente el importe que pretendan suscribir junto con la prima de emisión de dos euros por cada nueva acción mediante transferencia bancaria a la cuenta de la sociedad número ES91 - 0128 - 0340 - 1101 - 0011 - 3283 en el plazo máximo de un mes desde que se publique en el BORME el anuncio de suscripción de nuevas acciones. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven. Los derechos de suscripción preferente no ejercitados durante el plazo indicado se extinguirán automáticamente en el momento en que dicho plazo finalice.

Las Nuevas Acciones de la misma clase y serie que las existentes, atribuirán a sus titulares los mismos derechos que las acciones de la sociedad actualmente existente.

Se prevé expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311.1 de la LSC, que el aumento de capital pueda llevarse a efecto por el importe de las acciones efectivamente suscritas, aunque resulte inferior al proyectado, previéndose, por tanto, la posibilidad de que el aumento puede resultar incompleto, es decir, no por la totalidad de la cantidad propuesta. El órgano de administración queda facultado para ejecutar el acuerdo de aumento de capital.

2º-Asimismo, en la misma Junta, igualmente se acordó, la reactivación de la sociedad, poniendo fin a su estado de disolución y vuelta a la vida activa al amparo del art. 242 del RRM.

Se hace constar que se han cumplido las condiciones necesarias para reactivar, esto es, (desaparecido la causa de disolución, que era el mero acuerdo societario, que el patrimonio contable es superior al capital social, y no se ha comenzado con el pago de la cuota de liquidación a ningún accionista).

Se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la reactivación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el BORME, en los términos establecidos en la ley.

Tolosa, 30 de mayo de 2023.- Administrador Unico, José Angel Arandia Tolosa.

  • SOCIEDAD INMOBILIARIA IPARRAGUIRRE SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 30/05/2023 Diario: 120 Sección: 2 Pág: 5310 - 5311 

IR A SOCIEDAD INMOBILIARIA IPARRAGUIRRE SA
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es