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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 11 de enero del 2018 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA

Edicto

Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 116/17 y NIG 30030 47 1 2017 0000232 se ha dictado en fecha 20 de diciembre de 2017 auto por el que se corrige el auto de Homologación Judicial de los Acuerdos de Refinanciación de 7-2-2017 de Smart Market S.L.U. y Andres Manzano Dolera.

Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 4.ª, se hace constar:

Los datos que identifiquen el deudor: Smart Market, S.L.U., con CIF B30436117, y Andrés Manzano Dolera, con D.N.I. no consta.

El Juez competente: D. Francisco Cano Marco.

El número de procedimiento judicial de homologación: 116/2017.

La fecha del acuerdo de refinanciación: 7 de febrero de 2017.

La parte dispositiva de referido auto contiene el siguiente literal:

Acuerdo:

Estimar la petición formulada por la procuradora Sra. Bermejo Garres de rectificar el auto de homologación, dictado en el presente procedimiento, en el sentido que se indica:

En la parte dispositiva, donde dice:

. "Debo acordar y acuerdo homologar el acuerdo de refinanciación suscrito el día 7 de diciembre de 2017 en cuanto al tramo a por Smart Market, S.L.U. y Andrés Manzano Dolera, con..."

Debe decir:

. "Debo acordar y acuerdo homologar el acuerdo de refinanciación suscrito el día 7 de febrero de 2017 en cuanto al tramo a por Smart Market, S.L.U. y Andrés Manzano Dolera, con..."

Igualmente, en el razonamiento jurídico segundo, donde dice:

"Los préstamos del tramo A se regirán por sus propios términos y condiciones y por los términos y condiciones del presente contrato. En consecuencia, serán de aplicación a los préstamos del tramo A las siguientes previsiones:

(a) Tipo de interés aplicable al tramo A: Euribor a 12 meses más un margen igual a 300 puntos básicos.

(b) periodicidad de las revisiones de tipo de interés: trimestral.

(c) Duración de cada período de amortización: trimestral.

(d) Duración de cada período de liquidación de intereses: trimestral.

(e) Tipo de interés de demora: 18% anual.

Debe decir:

"Los préstamos del tramo A se regirán por sus propios términos y condiciones y por los términos y condiciones del presente contrato. En consecuencia, serán de aplicación a los préstamos del tramo A las siguientes previsiones:

(a) Tipo de interés aplicable al tramo A: Euribor a 12 meses más un margen igual a 300 puntos básicos.

(b) Periodicidad de las revisiones de tipo de interés: anual.

(c) Duración de cada período de amortización: trimestral.

(d) Duración de cada período de liquidación de intereses: trimestral.

(e) Tipo de interés de demora: 12% anual.

Líbrese certificación de esta resolución, que quedará unida a estas actuaciones, y llévese su original al libro de resoluciones definitivas.

Publíquese la presente resolución, mediante anuncio que se insertará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud de aclaración.

Murcia, 21 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de justicia.

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  • SMART MARKET SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 21/12/2017  

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