Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 01 de junio del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso Dictado por este Juzgado:
Juzgado: Juzgado de lo Mercantil Numero 1 de Alicante calle Pardo Gimeno, 43.
Número de Asunto: 5/11-C.
Tipo de Concurso: Voluntario-Abreviado.
Entidad Instante del Concurso: Sidi Hoteles, S.A.
Concursado: Sidi Hoteles, S.A., con domicilio social en Alfaz del Pi, en la calle Joaquín Rodrigo, N.º 6 (Playa Albir), con C.I.F.nº A-03041092, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1592 general, folio 9, inscripción 1.ª de la hoja número A-21088.
Representación y Asistencia Técnica: Letrado. D. Carlos M. Noguerol Pérez. Procurador: D. Fernando Fernández Arroyo.
Fecha de Presentación de la Solicitud: 3/05/2011.
Fecha del Auto de Declaración: 12/05/11.
Administradores Concursales:
1.- Don Pedro Algarra Garcia en su condición de profesional del área económica, con los siguientes datos profesionales: domicilio en Elche, calle José M.ª Buck, n.º 4, Entlo., 03201, tlno. 965.43.21.11-619.449.339
-Don Enrique Sirera Ebri, en su condición de abogado con los siguientes datos profesionales: domicilio en Valencia, Gran Vía Fernando el Católico, n.º 7, 2.º, 46008, tfno. 963.84.60.00, fax: 963.84.5309, correo electrónico: [email protected]
Facultades del Concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad.
Llamamiento a los Acreedores: Disponen de un plazo quince días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.
Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.
Alicante, 19 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial, Inmaculada Martínez Ordóñez.
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