Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 26 de junio del 2012 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa SERVIMAR SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 20 de junio del 2012 con los datos de inscripción Diario: 120 Sección: C Pág: 22126 - 22126.
Anuncio de reducción de capital y transformación de sociedad anónima en sociedad limitada
De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el accionista único de la compañía ha acordado, en fecha 19 de junio de 2012, reducir el capital social a cero euros con la finalidad de reducir las pérdidas existentes en la sociedad, mediante la amortización de la totalidad de las acciones de la compañía, acordando simultáneamente, la ampliación del capital social en la suma de 62.000 euros, mediante la creación de 1.000 nuevas acciones de 62 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando establecido el capital social en la cifra de 62.000 euros.
Asimismo, se hace público que, en la referida Junta General el accionista único de la compañía ha acordado, reducir el capital social en la suma de 58.500 euros con la finalidad de reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto disminuido como consecuencia de la pérdidas existentes en la sociedad, mediante la reducción del valor nominal de la totalidad de las acciones de la compañía, cuyo valor nominal pasa de 62 euros a 3,5 euros, quedando por tanto establecido el capital social en la suma de 3.500 euros.
Tras la reducción acordada, y dado que el capital social ha quedado por debajo de la cifra mínima legal, se ha acordado, de conformidad con los art. 343 y ss de la LSC la transformación de la compañía en sociedad limitada, girando en lo sucesivo bajo la denominación de "Servimar, S.L." aprobándose el Balance de transformación, los nuevos Estatutos Sociales, la asignación de las participaciones sociales a los socios y el nombramiento del órgano de administración; lo cual se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14.1. de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.
Se hace constar a los efectos oportunos que, de conformidad con el art. 335 de la LSC no existe derecho de oposición por parte de los acreedores de la sociedad.
En Pineda de Mar, 20 de junio de 2012.- Don Jaume Sanahuja Junyent, Secretario del Consejo de Administración.
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