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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 13 de septiembre del 2019 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 10 de septiembre del 2019 con los datos de inscripción Diario: 176 Sección: 2 Pág: 8104 - 8104.


Anuncio de escisión

De conformidad con los dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que con fecha 1 de agosto de 2019, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades GLOBAL DRAKE, S.L.U. (sociedad parcialmente escindida), GLOBAL STAY, S.L.U. (sociedad beneficiaria), y SEPTIMUS PROPERTIES, S.L.U. (sociedad beneficiaria), aprobaron la escisión parcial de ciertos inmuebles propiedad de GLOBAL DRAKE, S.L.U., afectos a las actividades de arrendamiento de viviendas, unos, y arrendamiento de locales comerciales y garajes, otros, en favor de GLOBAL STAY, S.L.U., y SEPTIMUS PROPERTIES, S.L.U., respectivamente.

Las sociedades beneficiarias de la escision parcial adquirirán, respectivamente, a título de sucesión universal, los referidos inmuebles en los términos en los que se describe en el proyecto común de escisión de fecha 22 de julio de 2019 subrogándose en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio adquirido.

Se hace constar que el citado proyecto común de escisión fue redactado, aprobado y suscrito por el Administrador Único de las mencionadas sociedades el 22 de julio de 2019. El proyecto de escisión no fue objeto de informe por parte de los órganos de administración de las sociedades participantes, así como tampoco fue presentado a depósito en el Registro Mercantil de Madrid, por acogerse la escisión al régimen de acuerdo unánime al que se refiere el artículo 42 de la LME.

En cumplimiento del art. 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener, de manera gratuita, información exhaustiva sobre las condiciones de la escisión y, en particular, el texto íntegro del proyecto común de escisión parcial, el balance de escisión y el acuerdo de escisión parcial adoptado, dirigiéndose al domicilio social de las sociedades participantes sito en Madrid (28001), calle Núñez de Balboa, número 9, 1.º derecha. Igualmente se hace constar la puesta a disposición a los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 LME.

Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión podrán oponerse a la misma, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 10 de septiembre de 2019.- El Administrador único, José Francisco Torres Baraibar.

Escindida
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 10/09/2019 Diario: 176 Sección: 2 Pág: 8104 - 8104 

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