CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B60302106
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0.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SANTA TERESA 10 SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
| Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | 2022 Inmediata | Consultar en Axesor | |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SANTA TERESA 10 SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de socios de "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", y "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el 12 de enero de 2001, con carácter de universal, en sus respectivos domicilios sociales, aprobaron, por unanimidad, la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", por "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de su patrimonio a la segunda, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2000, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, para lo cual dispondrán del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 19 de enero de 2001.-El Administrador único de ambas compañías.-5.004.
y 3.a 7-2-2001.
| Absorbente |
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| Absorbida |
En cumplimiento del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de socios de "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", y "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el 12 de enero de 2001, con carácter de universal, en sus respectivos domicilios sociales, aprobaron, por unanimidad, la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", por "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de su patrimonio a la segunda, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2000, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, para lo cual dispondrán del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 19 de enero de 2001.-El Administrador único de ambas compañías.-5.004.
2.a 6-2-2001.
| Absorbente |
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| Absorbida |
En cumplimiento del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de socios de "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", y "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el 12 de enero de 2001, con carácter de universal, en sus respectivos domicilios sociales, aprobaron, por unanimidad, la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de "Alcriselco Inmobiliaria, Sociedad Limitada", por "Santa Teresa 10, Sociedad Limitada", con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de su patrimonio a la segunda, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2000, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, para lo cual dispondrán del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 19 de enero de 2001.-El Administrador único de ambas compañías.-5.004.
1.a 5-2-2001.
| Absorbente |
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| Absorbida |
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SANTA TERESA 10 SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.