918511753 918509417
CNAE 4645 - Comercio al por mayor de productos perfumería y cosmética
A78131786
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2.5M €
Madrid
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SALVADOR MAURI SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SALVADOR MAURI SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por decisión de los respectivos socio y accionista únicos de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", de fecha 3 de septiembre de 2002, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso de todos sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barberá del Vallés, 12 de septiembre de 2002.-Ricardo Colina Fuente, representante del Administrador único de "King España Complementos Sociedad Limitada Unipersonal", y "Mark J.
O'Leary", Administrador solidario de "Salvador Mauri Sociedad Anónima Unipersonal".-41.826.
y 3.a 30-9-2002.
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Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por decisión de los respectivos socio y accionista únicos de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", de fecha 3 de septiembre de 2002, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso de todos sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barberá del Vallés, 12 de septiembre de 2002.-Ricardo Colina Fuente, representante del Administrador único de "King España Complementos Sociedad Limitada Unipersonal", y "Mark J.
O'Leary", Administrador solidario de "Salvador Mauri Sociedad Anónima Unipersonal".-41.826.
2.a 27-9-2002.
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Absorbida |
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Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por decisión de los respectivos socio y accionista únicos de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", de fecha 3 de septiembre de 2002, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de "King España Complementos, Sociedad Limitada Unipersonal", de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima Unipersonal", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso de todos sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barberá del Vallés, 12 de septiembre de 2002.-Ricardo Colina Fuente, representante del Administrador único de "King España Complementos Sociedad Limitada Unipersonal", y "Mark J.
O'Leary", Administrador solidario de "Salvador Mauri Sociedad Anónima Unipersonal".-41.826.
1.a 26-9-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de escisión De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", y la Junta general de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el día 5 de abril de 2002 aprobaron ambas, por unanimidad, la escisión parcial de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", mediante la segregación de una parte de su patrimonio a favor de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.
Madrid, 5 de abril de 2002.-Los Administradores solidarios.-12.016. y 3.a 10-4-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", y la Junta general de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el día 5 de abril de 2002 aprobaron ambas, por unanimidad, la escisión parcial de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", mediante la segregación de una parte de su patrimonio a favor de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.
Madrid, 5 de abril de 2002.-Los Administradores solidarios.-12.016. 2.a 9-4-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", y la Junta general de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", celebradas el día 5 de abril de 2002 aprobaron ambas, por unanimidad, la escisión parcial de "Salvador Mauri, Sociedad Anónima", mediante la segregación de una parte de su patrimonio a favor de "Salvador Mauri Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.
Madrid, 5 de abril de 2002.-Los Administradores solidarios.-12.016. 1.a 8-4-2002.
Escindida |
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SALVADOR MAURI SA es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de productos perfumería y cosmética.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.