CNAE 1520 - Fabricación de calzado
A03033479
03/03/1986
39 años
-
0.5M €
Alicante
Información sobre balances y cuentas de resultados de SAICO SL depositados en el Registro Mercantil de Alicante en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SAICO SL o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
EDICTO
D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil nº 3 de Alicante sede en Elche, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario - 000112/2012, siendo la concursada SAICO SA INTAGUA DE CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, inscrito en el registro mercantil de Alicante al tomo 256 general, libro 73 de la sección 3ª, folio 215 hoja nº 1.107, con C.I.F. número A-03033479, con domicilio en Villena C/ Roda Estacion 8-bajos, en el que se ha dictado auto de fecha 30/11/15 que contiene los siguientes pronunciamientos:
1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.
Elche, 1 de diciembre de 2015.- Letrado de la Administracion de justicia.
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Edicto
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante sede en Elche, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario 000112/2012, siendo la concursada Saico S.A. Intagua de Construcciones y Servicios, y Asfaltos Trisa, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 256 general, libro 73 de la sección 3.ª folio 215 hoja n.º 1.107, con C.I.F. número A-03033479, con domicilio en Villena C/ Roda Estacion 8-bajos, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 30 de octubre de 2013 por el Magistrado don Luis Seller Roca de Togores cuyo literal de su parte dispositiva es el siguiente:
Parte dispositiva:
1.º Se declara la termianción de la fase comun del concurso de Saico S.A. Intagua de Construcciones y Servicios. En el plazo de dos días se deberá de concretar la petición respecto de Asfaltos Trisa S.L.
2.º Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso de Saico S.A. Intagua de Construcciones y Servicios.
3.- Se convoca la Junta de Acreedores que se celebrará el próximo día 31 de enero de 2014 a las 11,00 horas en la Sala de audiencias de este Juzgado, publicándose edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.
4.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta cuarenta días naturales antes de la fecha señalada para su celebración (o sea, 20 de diciembre de 2013), haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC).
5.- Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los plazos y forma previstos en art. 115 y 103 LC.
Elche, 11 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.
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Edicto.
Don Jorge Cuéllar Oton, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente
Hago saber: Que por auto de fecha 13/03/12 en el procedimiento con número de autos 000112/2012 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000131, se ha declarado en concurso ordinario voluntario al deudor Saico, S.A. Intagua de Construcciones y Servicios, S.A., con domicilio en Villena C/ Roda Estacion-8-bajos y CIF n.º A-03033479, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante y Asfaltos Trisa, S.L., con domicilio en C/ San Antón, n.º 19-entresuelo de Murcia CIF B-73125437 representada por el procurador doña Sonia Budi Bellod.
Facultades del concursado: Intervenido.
Administrador concursal: Que ha sido nombrado don Rafael Marras Fernández-Cid, administrador único de Marras Abogados y Economistas, S.L.P., colegiado del Ilustre Colegio economistas con domicilio postal: c/ José María Buck-4-03201-Elche y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.
Elche, 23 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
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SAICO SL inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Su clasificación nacional de actividades económicas es Fabricación de calzado.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.