Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de mayo del 2012 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en el proceso concursal número 506/11, seguido contra Romalux, S.L., CIF B-03739463, y domicilio en Alicante, carretera de Ocaña, n.º 68, unidad de actuación 5, parcela 4A, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1303, hoja A-6-709, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de aprobación del plan de liquidación de fecha 11/04/12, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Se acuerda:
1.º Aprobar el plan de liquidación de la mercantil Romalux, S.L., con las prevenciones indicadas en el fundamento jurídico 1.º
2.º Ordenar la sujeción de la liquidación a las reglas indicadas en el fundamento jurídico 2.º
3.º Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil correspondiente a la concursada para la inscripción de la presente resolución, y publíquese la aprobación del plan en los términos señalados.
Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios via telemática, informática y electrónica, entréguense al/a Procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista en la legislación orgánica y procesal.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días ( art. 148 LC).
Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en el Grupo Banesto, consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Y para que conste, se expide en Alicante, 11 de abril de 2012.- Secretaria.
| Empresa |
|